REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MORAN
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
EL TOCUYO
Años: 197° y 149°
En el día de hoy Once de Marzo del 2.008, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; constituido el Abog. Carlis Galíndez, Juez y Secretaria Accidental, la parte actora Rafael Víctor Alvarez Almao. Freddy José Valera Sosa, Tamar Granados Izarra, inscritos en el Inpreabogados Nros: 71.592, 59.578, 27.841, respectivamente actuando en representación de la Entidad Financiera C.A Central Banco Universal, identificada en autos. Seguidamente el Tribunal procedió a notificar de su Misión al ciudadano: Jesús Enrique Carrasco Baez, Titular de la Cédula de identidad N°: 13.343.586. Para la Práctica de la Medida se hace necesaria la designación de un Perito Avaluador el ciudadano: Jhoan Manuel Hernández Colmenarez, Titular de la Cédula de identidad N°: 17.133.289. Quien aceptó el cargo y juró cumplir fielmente con los derechos y obligación inherentes al cargo. EL Tribunal deja constancia que se constituyó en el sitio ubicado en la Urbanización Pío Tamayo, calle 11, entre carreras 3 y 7 N°: 5-54 de la ciudad de EL Tocuyo, Municipio Morán del Estado Lara, también se encuentra presente la Abogada Alicia Verónica Colmenares, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°: 90.349, asistiendo al demandado, también se hace parte de este Juicio como delegado de la Depositaria Judicial Yacambú, C.A., el ciudadano Gilberto Daniel Gómez Pereira, Titular de la Cédula de identidad N°: 2.544.423, la parte actora señala para embargar los siguientes muebles: Un (1) Juego de recibo compuesto de un sofá de 3 puestos, dos (2) poltronas de madera labrado en color marrón y tapizada en tela de color verde y una mesa de centro en madera de color marrones regular estado de conservación, valorado en 2.000,oo BsF: Una Mesa Redonda Marca Panasonic, serial N°: 201 TA01333 Usado de regular estado de conservación y funcionando color negro valorado en 150,oo BsF, Una (1) Cafetera Oster Color Negro Modelo Número 3290-814, con su tapa usada en regular estado. Valorado en BsF Un (1) Televisor marca Sony estereo a color con su control, color gris, serial 4001266, modelo KV-21FS10, Valor 2000,oo BsF; Un (1) DVD Marca Sansum, Modelo DVD P255 Valor 100,oo BsF, Un (1) Aire Acondicionado, Marca LG Marca Gol con su control sin serial visible, valorado en 2.000,oo BsF: Un (1) Comedor de sus sillas que están tapizadas en tela de color verde valorado en 3.000,oo BsF, Un (1) Juego de Comedor. En este estado toma la palabra la parte actora quien expone por
cuanto existe ofrecimiento de la parte demanda a lo cual se le cede el derecho de palabra y expone: Ofrezco cancelar la obligación demanda en la presente causa con la cantidad de dinero que asciende a la suma de 24. 001,oo que se encuentran consignado por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil Mercantil Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en la causa signada: KPO2-S-2007 para lo cual convenimos en la presente causa en la demanda incoada en toda y cada una de sus partes por C.A. Central Banco Universal; así mismo desisto en este acto de la Oferta real de pago iniciada por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Asunto KPO2-S-2007-021927 por lo que solicito una vez homologado el presente convenimiento se expida fotostato Certificado contentivo del presente convenimiento a los fínes de que sea Central Banco Universal, solicite una vez homologado el desistimiento de la oferta real de pago la entrega a su favor de la suma que asciende a la cantidad de BsF 24.301,oo Más los respectivos intereses que se generen, cumpliendo con ellos al pago de las cantidades demandadas. En este estado se cede la palabra a la parte actora y expone: Visto el convenimiento y ofrecimiento de pago realizado por el demandado Jesús Enrique Carrasco Baez, plenamente identificado en autos, en Nombre de C.A. Central Banco Universal, se acepta el mismo y se remitan las resultas de la presente comisión al Tribunal de la causa, así mismo solicitamos se nos expida Fotostatos certificados de la presente acta en dos (2) Juegos de Copias, Seguidamente el Tribunal vista la solicitud formulada por la parte actora, suspende la Medida de Embargo y acuerda expedir las copias certificadas solicitadas y devolver la presente actuación al Tribunal de la Causa, siendo las 11:40 a.m., Terminó la Presente actuación y conformes firman. L.S. EL Juez Fdo Abog. Douglas Molina. La Parte Actora Fdo Firma ilegible EL Demandado Fdo Firmas ilegibles. Perito Avaluador Fdo Firma ilegible. La Secretaria Acc, Fdo Abg. Carlis Galíndez. Depositario Fdo Firma ilegible. Funcionario Policial Fdo Firma ilegible. Otro si: En este el demandado hace entrega de la cantidad de 6.075 BsF a la parte actora correspondiente a las Costas Procesales Mediante Cheque N°: 28210095, de la Cuenta Corriente N°: 0007-0179-33 0000000502 del Banco Banfoandes. También en este acto cancelan la cantidad de 600,oo BsF; para el pago del perito y la depositaria.*************
|