REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MORAN
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
EL TOCUYO
Años: 197° y 149°
En el día de hoy Lunes diecisiete (17) de Marzo del Dos Mil Ocho 2.008, siendo la hora de las (10:00) Minutos de la mañana, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la carrera 10 entre calles 16 y 17, Casa N°: 16-9, de color Beige con rejas verdes, en esta ciudad de EL Tocuyo, Municipio Morán del Estado Lara. Constituido por los Abogados Douglas Javier Molina Fernández (Juez Ejecutor) y Manuel Dias Assuncao (Secretario), Presente la parte actora el Abogado en Ejercicio Robinson Salcedo, inscrito en el Impreabogado bajo el N°: 53.025, actuando en este acto como Apoderado Judicial del ciudadano José Benito Pereira Domínguez, Titular de la Cédula de identidad N° v- 6.208.041, ya identificados en autos, a los fines de dar cumplimiento a la Medida de Embargo Preventivo Decretada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha veintiséis (26) de febrero del Dos Mil Ocho 2.008. Seguidamente el Tribunal procedió a Notificar de su misión a la ciudadana: Lisbeth Gimenez de Rocha, Titular de la Cédula de identidad N° V- 10.963.357, quien dijo ser la Esposa del demandado el ciudadano: José Ruperto Rocha Pérez, y quien dio acceso al Tribunal al inmueble para la práctica de esta medida. Se hace necesario la designación de un (01) Depositario Judicial, se designa como tal, al ciudadano: Yean Agüero, Titular de la Cédula de identidad N°: V- 14.759.211, y Un (01) Perito Avaluador, se designa como tal al ciudadano: Jhoan Hernández, Titular de la Cédula de identidad N° V- 17.133.289, quienes estando presentes, aceptan el cargo y juran cumplir cabal y fielmente las obligaciones inherentes al mismo. Seguidamente la parte actora señala para Embargar Preventivamente los siguientes bienes: 1) Un Juego de Recibo compuesto por: Un Sofá de 3 puestos y 2 Poltronas fabricados en tela estampada y laterales base de madera, usado en regular estado de conservación valorado en Ochocientos Bolívares Fuertes (800,oo Bs. F). 2) Un Mueble tipo Consola en color caoba, de 5 gavetas, y 1 puerta batiente, usado en buen estado de conservación, valorado en Doscientos Bolívares Fuertes (200,oo Bs. F), 3) Un Juego de Comedor compuesto por 1 Mesa de 6 Puestos fabricado en madera pulida y Barniz color caoba, 6 sillas fabricadas en madera pulida y asiento tapizado en tela estampada, usado en buen estado de conservación, valorado en Mil Bolívares Fuertes (1.000,oo Bs. F) 4) Un mueble de 2 cuerpos fabricado en madera de 4 Gavetas y 4 puertas batientes, 2 de ellas con vidrio y 5 entrepaños, usado en buen estado, valor en Cuatrocientos Bolívares Fuertes (400,oo Bs. F), 5) Una Mesa centro fabricada en base de madera y topo de vidrio, cuadrada y usada en buen estado de conservación, valorada en Cincuenta Bolívares Fuertes (50 Bs F), 6) Una Mesa-Centro fabricado en base de madera y tope de vidrio en forma circular y usada en buen estado de conservación, valorado en
Cincuenta Bolívares Fuertes (50 BsF), 7) Un Equipo de Computación compuesto por: 1 Monitor a color de color Negro, Marca: Sansung, Modelo 510N-S, serial N°: M315H43XA22682Y; l C.P.U. Tipo Clon de color negro y gris marca: GPC, sin modelo ni serial visible, Un Teclado de color gris, y negro marca: G Modelo KM- 2501, sin serial visible; un ratón óptico de color negro, marca: Bong, Modelo N300, Serial: 9JQ5588ZU, 2 parlantes, Marca YBT, sin modelo ni serial Visible, Una Cámara Web, Marca: Omega, Modelo: 361110, Serial: 11004725, Una Impresora de color gris y negro, Marca: HP, Modelo: Deskjet D1460, Serial CN7752MLQZ, y valorado en Mil Bolívares Fuertes (1.000,oo Bs. F), 8) Un Televisor a color de color gris, marca; Sansung, sin serial ni modelo visible, con su control remoto, valorado en Trescientos Bolívares Fuertes (300,oo Bs. F) 9) Una mesa para Computadora fabricada, en madera y tubo de hierro, sin marca ni serial visible, valorado en Cien Bolívares Fuertes (100,oo Bs. F) 10) Un Baúl fabricado en madera pulida, sin marca ni serial visible, valorado en Doscientos Bolívares Fuertes, (200,oo Bs. F) 11) Un Multimueble de 4 cuerpos fabricado en compuesto y formica de color madera, valorado en Quinientos Bolívares Fuertes (500,oo Bs. F), 12) Un Televisor a color, de color negro, Marca: LG, Modelo: Cinem, sin serial visible con control remoto, valorado en Cien Bolívares Fuertes (100,oo Bs. F) 13) Cuatro Cornetas compuestas por Base de Madera, Bajo, Medio y Agudo, marca: Sansui, sin modelo ni serial visible, valoradas en Cuatrocientos Bolívares (400 Bs. F), 14) Una lavadora automática de color blanco, marca: Electrolux, modelo. ETl224, serial: 7180083, Con sus respectivas mangueras, valorada en Mil Bolívares Fuertes (1.000,oo Bs. F), 15) Dos filtros de aguas, marca: Pasteur, modelo Home, Filter de color verde, sin serial visible, valorados en Quinientos Bolívares Fuertes (500 Bs. F) 16) Una Bomba de agua Eléctrica de Color Verde, marca: Linz Electric de 11/2 HP, Modelo K-150, Serial 548, valorado en Trescientos Bolívares Fuertes ( 300 Bs. F) , dando un valor total de los bienes embargados preventivamente por la cantidad de Seis Mil Novecientos Bolívares Fuertes ( 6.900 Bs. F). Seguidamente este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: EMBARGADO PREVENTIVAMENTE los bienes anteriormente señalados por la cantidad de Seis Mil Novecientos Bolívares Fuertes ( 6.900 Bs. F). Se deja constancia que los bienes anteriormente embargados quedan en guarda y custodia de la ciudadana: Lisbeth Gimenez de Rocha, Titular de la Cédula de Identidad N°: V- 10.963.357. Seguidamente la parte actora expone: Me reservo el derecho de seguir embargando bienes propiedad del demandado. Se deja constancia que el Tribunal estuvo custodiado por Funcionarios Policiales Adscritos de la Comisaría 60 de EL Tocuyo, los ciudadanos distinguidos Deibis Pérez, Titular de la cédula de identidad N°: V- 13.880.816 y Cabo 1° Carlos Flores, Titular de la Cédula de identidad N°: V- 7.403.224. Es todo, se terminó y se leyó a las (12:00) Minutos de la tarde y conformes firman. EL Juez Fdo Firma ilegible. Abg. Douglas J. Molina F. Parte Actora: Robinson Salcedo. Depositario Judicial Yean Agüero. Perito Avaluador. Parte Notificada Lisbeth Gimenez. Funcionarios Policiales Fdo Firma ilegible. Fdo Firma ilegible. EL Secretario Fdo Firma ilegible. Abg. Manuel Dias A.*************
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