República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
En el día de hoy 18 de marzo de 2008, siendo las 10:00 de la mañana, sé traslado y constituyo el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular Doctora Mauricia González y la secretaria titular abogada Yulimar Fonseca, en compañía de la parte actora abogado en ejercicio LUIS LEONARDO REMARTINI, inscrito en el inpreabogado bajo los Nro.27.189 , en el inmueble donde funciona la entidad bancaria BANCO BANESCO, BANCO UNIVERSAL, ubicado en la Torre Ejecutiva, 4 Avenidas Prebo, Municipio Valencia del Estado Carabobo. Seguidamente el Tribunal Procede a notificar al ciudadano SERGIO RODRIGUEZ, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro. 6.112.215, en cu carácter de Subgerente, el cual quedo impuesto de la misión a cumplir decretada por el Juzgado Tercero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, expediente Nro. 20.826. Acto seguido la parte actora abogado en ejercicio LUIS LEONARDO REMARTINI, inscrito en el inpreabogado bajo los Nro.27.189, expone: Señalo al Tribunal para ser Embargado Preventivamente la cantidad de Veinticuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y Siete Bolívares con Sesenta y Tres Céntimos (Bs.24.457,63,00) que se encuentran abonados en la cuenta corriente Nro.01340220522203014964, perteneciente a la empresa demandada SILIVEN EDIFICACIONES, C.A, así mismo solicito que la cantidad señalada, una vez embargada se emita un cheque de gerencia a favor del tribunal de la causa. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas, actuando por Comisión y a pedimento de la parte actora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE la cantidad de Veinticuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y Siete Bolívares con Sesenta y Tres Céntimos (Bs.24.457,63,00), que se encuentran abonados en la cuenta corriente Nro.01340220522203014964, perteneciente a la empresa demandada SILIVEN EDIFICACIONES, C.A, para lo cual solicito al notificado se sirva emitir un cheque de gerencia a favor del Juzgado Tercero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Acto seguido la parte actora
abogado en ejercicio LUIS LEONARDO REMARTINI, inscrito en el inpreabogado bajo los Nro.27.189, expone: Por cuanto el monto embargado preventivamente no cubre la totalidad del decreto, me reservo el derecho a seguir señalando bienes propiedad de la demandada. Acto seguido el Tribunal declara cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías de las personas, ordena se remitan las actuaciones a su Tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 11:00 de la mañana, es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TITULAR EL NOTIFICADO
DRA MAURICIA GONZALEZ
PARTE ACTORA
LA SECRETARIA
ABOG. YULIMAR FONSECA
República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
En el día de hoy 18 de marzo de 2008, siendo las 11:30 de la mañana, sé traslado y constituyo el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular Doctora Mauricia González y la secretaria titular abogada Yulimar Fonseca, en compañía de la parte actora abogado en ejercicio LUIS LEONARDO REMARTINI, inscrito en el inpreabogado bajo los Nro.27.189 , en el inmueble donde funciona la entidad bancaria BANCO FEDERAL, ubicado en la Avenida Andrés Eloy Blanco, Centro Comercial Shopping Center, Municipio Valencia del Estado Carabobo. Seguidamente el Tribunal Procede a notificar al ciudadano ROGELIO RAFAEL LAREZ, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro. 4.131.425, en cu carácter de Subgerente, el cual quedo impuesto de la misión a cumplir decretada por el Juzgado Tercero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, expediente Nro. 20.826. Acto seguido la parte actora abogado en ejercicio LUIS LEONARDO REMARTINI, inscrito en el inpreabogado bajo los Nro.27.189, expone: Señalo al Tribunal para ser EMBARGADO PREVENTIVAMENTE la cantidad de Ciento Veintitrés Mil Novecientos Ochenta y Dos Bolívares con Setenta y Siete Céntimos (Bs.123.982,77,00) que se encuentran abonados en la cuenta corriente Nro.0133-0501311600003204, perteneciente a la empresa demandada SILIVEN EDIFICACIONES, C.A, así mismo solicito que la cantidad señalada, una vez embargada se emita un cheque de gerencia a favor del tribunal de la causa. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas, actuando por Comisión y a pedimento de la parte actora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE la cantidad de Ciento Veintitrés Mil Novecientos Ochenta y Dos Bolívares con Setenta y Siete Céntimos (Bs.123.982,77,00) que se encuentran abonados en la cuenta corriente Nro.0133-0501311600003204, perteneciente a la empresa demandada SILIVEN EDIFICACIONES, C.A, para lo cual solicito al notificado se sirva emitir un cheque de
gerencia a favor del Juzgado Tercero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Acto seguido la parte actora
abogado en ejercicio LUIS LEONARDO REMARTINI, inscrito en el inpreabogado bajo los Nro.27.189, expone: Por cuanto el monto embargado preventivamente no cubre la totalidad del decreto, me reservo el derecho a seguir señalando bienes propiedad de la demandada. Acto seguido el Tribunal declara cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías de las personas, ordena se remitan las actuaciones a su Tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 12:30 del mediodía, es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TITULAR EL NOTIFICADO
DRA MAURICIA GONZALEZ
PARTE ACTORA
LA SECRETARIA
ABOG. YULIMAR FONSECA
República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
En el día de hoy 18 de marzo de 2008, siendo las 12:40 del mediodía, sé traslado y constituyo el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, San Diego, Naguanagua y Carlos Arvelo del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular Doctora Mauricia González y la secretaria titular abogada Yulimar Fonseca, en compañía de la parte actora abogado en ejercicio LUIS LEONARDO REMARTINI, inscrito en el inpreabogado bajo los Nro.27.189 , en el inmueble donde funciona la entidad bancaria BANCO MERCANTIL, BANCO UNIVESAL, ubicado en la Avenida Andrés Eloy Blanco, Centro Comercial Shopping Center, Nivel Sótano, Municipio Valencia del Estado Carabobo. Seguidamente el Tribunal Procede a notificar al ciudadano JOSE ANGEL RODRÍGUEZ RODRIGUEZ, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro. 6.917.516, en cu carácter de Coordinador de Servicios, el cual quedo impuesto de la misión a cumplir decretada por el Juzgado Tercero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, expediente Nro. 20.826. Acto seguido la parte actora abogado en ejercicio LUIS LEONARDO REMARTINI, inscrito en el inpreabogado bajo los Nro.27.189, expone: Señalo al Tribunal para ser EMBARGADO PREVENTIVAMENTE la cantidad de Cuarenta y Ocho Mil Novecientos Ochenta y Cuatro Bolívares con Sesenta y Un Céntimos (Bs.48.984,61) que se encuentran abonados en la cuenta corriente Nro.1190068567, perteneciente a la empresa demandada SILIVEN EDIFICACIONES, C.A, así mismo solicito que la cantidad señalada, una vez embargada se emita un cheque de gerencia a favor del tribunal de la causa. Seguidamente este Tribunal Tercero Ejecutor de Medidas, actuando por Comisión y a pedimento de la parte actora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE la cantidad de Cuarenta y Ocho Mil Novecientos Ochenta y Cuatro Bolívares con Sesenta y Un Céntimos (Bs.48.984,61) que se encuentran abonados en la cuenta corriente Nro.1190068567, perteneciente a la empresa demandada SILIVEN EDIFICACIONES, C.A, para lo cual solicito al notificado se sirva emitir un cheque de gerencia a favor del Juzgado Tercero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del
Estado Carabobo. Acto seguido la parte actora abogado en ejercicio LUIS LEONARDO REMARTINI, inscrito en el inpreabogado bajo los Nro.27.189, expone: Por cuanto el monto embargado preventivamente no cubre la totalidad del decreto, me reservo el derecho a seguir señalando bienes propiedad de la demandada. Acto seguido el Tribunal declara cumplida su misión, deja expresa constancia que durante el lapso que duro la practica de la medida no se causaron daños a persona alguna ni a bienes materiales, garantizando en todo momento los derechos y garantías de las personas, ordena se remitan las actuaciones a su Tribunal de causa y que el mismo regrese a su sede siendo las 1:00 de la tarde, es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TITULAR EL NOTIFICADO
DRA MAURICIA GONZALEZ
PARTE ACTORA
LA SECRETARIA
ABOG. YULIMAR FONSECA
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