ACTA


N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2006-002683
PARTE ACTORA: DULCE MARIA LEON HEREDIA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: SIGMA, C.A. y C.V.G. ELECTRIFICACION DEL CARONI-EDELCA, C.A.
APODERADOS DE LA DEMANDADA: FRANCISCO AGÜERO, ARACELIS URDANETA y MARIA GABRIELA PIÑANGO.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, siete (07) de Marzo del 2008, siendo las 10:10 a.m., del día y la hora fijada por este Tribunal, para el inicio de LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, este Tribunal deja constancia de la COMPARECENCIA de las partes demandadas a través de los abogados FRANCISCO AGÜERO y ARACELIS URDANETA inscritos en el I.P.S.A. bajo el Nro. 245 y 30.706, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la demandada SIGMA, C.A, según se evidencia del poder, el cual presenta en original para que sea agregado al expediente y por la demandada C.V.G. ELECTRIFICACION DEL CARONI-EDELCA, C.A., la abogada MARIA GABRIELA PIÑANGO, inscrita en el Inpreabogado N.° 124.870, actuando como apoderada, según se evidencia del poder, el cual presenta en Original y Copia para que sea certificada la copia y agregada al expediente. Seguidamente el Juez deja constancia de la INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA, ciudadana DULCE MARIA LEON HEREDIA, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este JUZGADO SEXTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 197 ° y 148 °.
EL JUEZ

ABG. JOSE DARIO CASTILLO

APODERADOS DE LA DEMANDADA SIGMA, C.A,


APODERADA DE .V.G. ELECTRIFICACION DEL CARONI-EDELCA, C.A

LA SECRETARIA

ABG. MIRLA SOSA GUERRERO