REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, ocho de mayo de dos mil ocho
198º y 149º




ACTA DE MEDIACION


N° DE EXPEDIENTE: LP21-L-2008-000103



PARTE ACTORA: YUSSTERD ALEXANDER MORA MENDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.710.766, de este domicilio y hábil.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ANA BEATRIZ CIRIMELE GONZALEZ, en su condición de Procuradora Especial de los Trabajadores para el Estado Mérida.

PARTE DEMANDADA: TALABARTERIA LA NUEVA C.A

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS FERNANDO ZERPA BUSTOS, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 130.702.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.




En el día hábil de hoy, 08 de mayo de 2008, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, compareció lo ciudadano YUSSTERD ALEXANDER MORA MENDEZ, acompañado por la abogada ANA BEATRIZ CIRIMELE, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora. Igualmente se encuentra presente el abogado en ejercicio LUIS FERNANDO ZERPA BUSTOS en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada TALABARTERIA LA NUEVA C.A., quienes han llegado al siguiente acuerdo, la parte demandada a través de su apoderado judicial a los fines de dar por terminado el juicio y de cumplir con los derechos laborales que se le adeudan al trabajador, ofrezco la cantidad de Bsf 900,00 mediante cheque Nº 33060454, Nº de la Cuenta Corriente 00070034770000014974 contra entidad BANFOANDES de fecha 06 de mayo de 2008 a favor del ciudadano ALEXANDER MORA, los cuales comprenden la media del artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo y los Intereses sobre Prestación de Antigüedad, por cuanto se evidencia del contenido del recibo de pago promovido por la parte accionada que le fueron cancelados los conceptos de antigüedad, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado y utilidades fraccionadas, para mayor abundamiento se anexa a la presente acta copia simple de la planilla de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. La parte actora manifiesta estar de acuerdo con lo expuesto por la parte patronal en los mismos términos aludidos anteriormente y asistimos recibo el cheque anteriormente identificado a mi entera satisfacción, dé conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando en de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, se da por terminado el juicio y se ordena el cierre del mismo. Se devolvieron las pruebas a las partes. COPIESE Y PUBLIQUESE LA PRESENTE DECISION. AÑOS: 198º DE LA INDEPENDENCIA Y 148º DE LA FEDERACION.
LA JUEZ,



MARIANA JOSEFINA APONTE QUINTERO



LA PARTE ACTORA,




YUSSTERD ALEXANDER MORA MENDEZ




LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,





ANA BEATRIZ CIRIMELE G.




EL COAPODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,





LUIS FERNANDO ZERPA BUSTOS,




LA SECRETARIA,

NORELIS CARRILLO ESCALONA.


En la misma fecha se publicó la presente decisión y se expidió la copia para su archivo.




SRIA.