REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
SANTA ANA DE CORO, 06 DE MAYO DE 2.008
AÑOS; 193° y 144°

Vista la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO presentada por el ciudadano EDWIN ANTONIO PERNALETE PERNALETE , venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.460.558, domiciliado en la ciudad de Coro del Estado Falcón, asistido por el abogado LAEMIR MASS COLINA , inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 40.451 Désele entrada junto con sus recaudos anexos y anótese en los libros respectivos.
El Tribunal observa que la presente solicitud no es contraria a derecho, en consecuencia LA ADMITE.-
“Ahora bien, expone la solicitante: Como se desprende de la partida de nacimiento de la estampada en los Libros de REGISTRO CIVIL PRINCIPAL DEL ESTADO FALCON Nro. 1747, correspondiente al AÑO 1981 pero es el caso que para el momento de asentar la referida partida de nacimiento se incurrió en el error de escribir incorrecto su primer nombre como EWIN ANTONIO PERNALETE PERNALETE siendo lo correcto EDWIN ANTONIO PERNALETE PERNALETE. Es por esta razón que acude ante esta competente autoridad a los fines de que se admita la presente solicitud de conformidad con los artículos 768 y 769 del Código de Procedimiento Civil”.
En consecuencia por todo lo anteriormente expuesto solicita la Rectificación del Acta de Nacimiento en cuestión.
Ahora, bien observa el Tribunal de un análisis practicado al Acta de Nacimiento así como los anexos que acompañan a la presente solicitud, se constata del error material. En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, presentada por el ciudadano EDWIN ANTONIO PERNALETE PERNALETE , venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.460.558, domiciliado en la ciudad de Coro del Estado Falcón, asistido por el abogado LAEMIR MASS COLINA , inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 40.451, correspondiente al año de 1981, Nro. 1747 de los Libros Duplicado de Acta de Nacimiento del REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO FALCON se ordena al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO FALCON, corregir el acta Nacimiento en lo referente a: Donde le colocaron erróneamente el primer nombre del solicitante como EWIN ANTONIO PERNALETE PERNALETE siendo lo correcto EDWIN ANTONIO PERNALETE PERNALETE
A los fines de que estampe la debida nota marginal en los libros correspondientes.- Líbrese copia certificada del fallo ordena al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO FALCON, a los fines de que se estampe la respectiva nota marginal de conformidad con lo pautado en el artículo 506 del Código Civil.
Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo del Tribunal.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los 06 días del mes de Mayo de 2008.-
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. NELLY CASTRO GOMEZ ABG. CECILIA HANSEN

Nota: se formó expediente constante de -------------------------------- folios útiles, quedando anotado bajo el N° ___________, Se dejó copia certificada de la decisión en el archivo del Tribunal se libro oficio Nros. 0820_______ a la Autoridad competente.- Conste Coro fecha Ut-Supra
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. CECILIA HANSEN
R/Mariamelys
Exp Nro_________