| 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal 11° de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
 Caracas, veintitrés (23) de mayo de dos mil ocho (2008)
 198º y 149º
 ASUNTO: AP21-L-2008-001496
 
 Visita la diligencia de fecha 12 de Mayo de 2008, suscrita por las abogadas MARIA SANCHEZ, y YURBIN TORRES, inscritas en los IPSA bajo los números. 46.870, 47.142, actuando en su carácter de  Apoderadas Judiciales de la parte actora y demandada, respectivamente, mediante la cual la parte actora desiste del presente procedimiento, y a su vez la parte demandada le hace entrega de cheques Nros. 02880703, 02880755, a favor de la parte actora quien recibe a su entera satisfacción; en este sentido y por cuanto se evidencia que la parte actora manifiesta estar libe de constreñimiento alguno, en su voluntad de dar por terminado el presente juicio mediante el desistimiento del mismo, en consecuencia este Juzgado Homologa el Desistimiento planteado en los términos expresados; todo en el juicio incoado por el ciudadano CARLOS OVIEDO en contra de las empresas FOSPUCA LIBERTADOR C.A. y solidariamente  FOSPUCA BARUTA C.A. y FOSPUCA NUEVA ESPARTA C.A..
 
 El Juez
 
 La Secretaria
 
 Abg. Alcy Salazar
 
 
 Abg. Gloria Medina
 |