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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 PODER JUDICIAL
 Juzgado  21°  de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 
 ACTA
 
 
 N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2008-000260
 PARTE ACTORA:MARCELINO RAMON MARTINEZ MARQUEZ, ANDRES ELOY PEÑA RODRIGUEZ y NESTOR JOSE TORRES GUEVARA
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JUAN JOSE APONTE.
 PARTE DEMANDADA: COMERCIALIZADORA SNACKS S.R.L. y  SNACKS AMERICA LATINA DE VENEZUELA S.R.L.
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: EUNICE GARCIA
 MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
 
 
 
 En el día hábil de hoy cinco de mayo de dos mil ocho, siendo las 3:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, la abogada EUNICE GARCIA, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 112.018,; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.
 
 La  Juez
 
 La Secretaria
 
 Abg. Geraldine Eugenne Louis Nuñez
 
 
 Abg. Diraima Virguez
 
 
 
 
 
 
 Apoderada judicial de la parte demandada
 
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