REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
Por recibido de la URDD en fecha 26/05/2008 désele entrada y anótese en el Libro correspondiente. Vista la solicitud de Convenimiento de Obligación de Manutención y los recaudos que le acompañan, suscrito por los ciudadanos ROSA EMPERATRIZ BERNAL ORTEGA y CARLOS JULIO LIENDO LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.556.798 y V-15.505.150 respectivamente, por ante la Defensoría Pública Décimo Tercera (13°) Suplente de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, del Área Metropolitana de Caracas, Abg. NADHEZTKA PONCE, en favor del niño EDINSSON ADALBERTO LIENDO BERNAL, de siete (7), años de edad, este Tribunal LA ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley.