Recibido de la URDD en ésta fecha, désele entrada, anótese en el Libro respectivo y regístrese bajo la nomenclatura del Circuito Judicial. Visto el escrito de Separación de Cuerpos y de Bienes presentado por los ciudadanos DARWIN OLARTE CACERES Y JACQUELINE DE JESUS RIVERO GIMON, de nacionalidad Peruana el primero y venezolana la segunda , mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números E- 82.151.054 y V-12.001.834, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio Marcy Baptista, inscrita en el I.P.S.A bajo el números 39.660, respectivamente, este despacho lo admite cuanto ha lugar en derecho, por cuanto no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la ley.