Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 12 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-004626.
Vista las actas procesales que conforman el presente expediente, y en especial a la solicitud realizada por la ciudadana ROHELY CAROLINA FAJARDO GAGO, ampliamente identificadas en autos, en fecha 25 de marzo de 2008, debidamente asistida por la Abogado OLIMAR ZURITA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 89.138, en la cual solicitó autorización judicial para tramitar por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería el pasaporte de su hijo XXX, de cuatro (04) años de edad. Este Tribunal acuerda de conformidad a lo solicitado, en consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 22 ejusdem, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana ROHELY CAROLINA FAJARDO GAGO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-11.663.742, para que realice todas las diligencias necesarias por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), a los fines de obtener el Pasaporte del niño XXX. Expídase por secretaría copia certificada del presente sentencia y entréguese a la parte interesada. Cúmplase.
LA JUEZ
SARA GUARDIA SOTO.
LA SECRETARIA
ADRIANA MIRELES.
|