REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, catorce (14) de mayo de 2008.
Años 198º y 149º
Vista la diligencia suscrita en fecha 12 de mayo de 2008, por el abogado ALEJANDRO UGARTE, apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual solicita la notificación de la parte demandada ciudadana LILIAN REYNA IRIBARREN, mediante cartel, en virtud de la imposibilidad del Alguacil de este Tribunal en realizar la notificación personal, a los fines de reanudar la presente causa de conformidad con el artículo 522 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal acuerda lo solicitado. En consecuencia, ordena la notificación de la ciudadana LILIAN REYNA IRIBARREN, mediante cartel, de conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 233 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense el correspondiente Cartel.-
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,
Abg. Richars Mata.
VJGJ/RM/zov
EXP. Nº 9762
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 14 de mayo de 2008
Años 198° Y 149°
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la ciudadana LILIAN REYNA IRIBARREN, o a sus apoderados judiciales abogados ENRIQUE LUIS FERMIN VILLALBA, CESAR AUGUSTO ARIAS FERNANDEZ, JUDITH ANTONIETA AURENTY FORNT, JOSÉ VICENTE OROPEZA PLAZA, JUAN VICENTE ARDILA Y DAVID JOSÉ ROSARIO KRASNER, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajos los números 12.792, 56.479, 69.309, 14.525, 7.691 y 17.585, respectivamente, parte demandada; que de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se les concede un lapso de diez (10) días de Despacho, contados a partir de la publicación del presente Cartel en el diario ÚLTIMAS NOTICIAS y su consignación en autos, para que comparezca por ante este Juzgado a darse por notificada a los fines de reanudar la presente causa de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil; que cursa en el expediente N° 9762, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por REIVINDICACIÓN, sigue en contra de usted la Sociedad Mercantil INVERSIONES GERMANO VENEZOLANA, S.R.L.
Se le advierte que de no comparecer en el lapso señalado, se le tendrá por notificada del presente auto.-
EL JUEZ
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
VJGJ/ZOV
Exp: 9762