REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2008-001794
El Ciudadano ALVARO ALEXANDER AREVALO MONTESINOS, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad No. 19.571.972, solicitó la rectificación de su PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que figura el apellido de su madre como MONTESINO, siendo lo correcto “MONTESINOS”. La solicitud se admitió a sustanciación acordándose notificar al Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la boleta anexa, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure en la Partida de Nacimiento del ciudadano ALVARO ALEXANDER AREVALO MONTESINOS, el apellido correcto de la madre del solicitante como “MONTESINOS”.- En consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registro Principal, inserte la nota marginal correspondiente en la PARTIDA DE NACIMIENTO, inserta bajo el N° 2315, folio 92 vto., año 1988. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha. Expídanse copias certificadas.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los quince días del mes de Mayo de dos mil ocho. Años 198º y 149º.
EL JUEZ, LA SECRETARIA,
ABG. HAROLD R. PAREDES B. ABG. LUISA A. AGÜERO E.
HRPB/LAAE/ij.-
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