REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiseis de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : KP02-M-2007-000349
Vista la TRANSACCION presentada por la ciudadana MARIA CAROLINA NIETO GERENA, asistida por el Abg. RICARDO ANTONIO ROJAS PIRE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 90.254 y el Abg. JERRY VIELMA BARBOZA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 92.310, actuando en representación de DISLOMCA C.A.; en el presente juicio por COBRO DE BOLIVARES (INTIMATORIO), el Tribunal le imparte su HOMOLOGACION. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio. Remítase el presente expediente al Archivo Judicial para su guarda y custodia. -
El Juez
Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte
La Secretaria
Abg. Luisa A. Agüero E.
HRPB/LAAE/ij.
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. Fecha Ut Supra.