REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-F-2008-000118

Transcurrido como ha sido el plazo fijado en el auto de fecha 25-02-2008, este Juzgador observa que hasta la fecha el ciudadano JOSÉ ARMANDO HURTADO, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio INDIRA YASANDY FERMIN PADRON, no ha consignado el número de la cédula de identidad de la demandada ciudadana MARIA FRANCISCA ABARCA HERNÁNDEZ, en consecuencia este Tribunal declara INADMISIBLE la presente demanda de DIVORCIO 185-A. Así se decide.-

El Juez,


Abg. Harold R. Paredes Bracamonte
La Secretaria,


Abg. Luisa A. Aguero E.


HRPB/LAAE/jysp.