REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : KP02-M-2006-000488
El suscrito Juez HAROLD RAFAEL PAREDES BRACAMONTE, se avoca al conocimiento de la presente causa y visto el CONVENIMIENTO, suscrito en el Acta de Embargo practicada por el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta del Estado Lara, en fecha 26 de Marzo de 2007, por la ciudadana MARIA GOMEZ BORAURE, asistida por el Abogado en ejercicio JOSE GREGORIO ZAA ALVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 40.550, parte demandada y por la parte demandante las Abogadas LIGIA GARAVITO DE ALVAREZ y ARIADNA PANTO, en su carácter de Apoderadas Judicial del ciudadano ANTONIO MACCARRONE, en el juicio por COBRO DE BOLIVARES (INTIMATORIO), este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el mismo dándole carácter de cosa juzgada. Expídase copia certificada del convenimiento y de la presente homologación. Archívese el expediente en su oportunidad.

El Juez, La Secretaria,

Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Aguero E.


HRPB/LAAE/ij.