REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : KP02-M-2007-000522

Visto la TRANSACCION, suscrita en el Acta de Embargo practicada por el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta del Estado Lara, en fecha 10 de Marzo de 2008, por el ciudadano JAIRO EMILIO BARRERA CARDOZO, asistido por el Abogado en ejercicio PEDRO SIMON PEÑALVER, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 5401, parte demandada y por la parte demandante el Abg. JULIO CESAR ZAMBRANO CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 18.918, en su carácter de Apoderado Judicial de CASA PROPIA, ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO, en el juicio por COBRO DE BOLIVARES (INTIMATORIO), este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el mismo dándole carácter de cosa juzgada. Expídase copia certificada de la presente homologación. Archívese el expediente en su oportunidad.

El Juez, La Secretaria Acc,


Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Aguero E.



HRPB/LAAE/ij.