REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2007-021584
Vista la solicitud presentada por la ciudadana RITA QUITERIA EIGUEROA ÁLVAREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 7.596.308, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en Carorita Abajo, Sector la Playa, el Pozo, Parroquia Juan el Cuji, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno Ejido, que mide aproximadamente UN MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS METRO CUADRADOS, (1156 mts2) alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con bienhechurías de Yane Pérez, SUR Con bienhechurías de Samuel Pineda,, ESTE: Con terreno desocupado y OESTE: Con el Sector la Playa, que es su frente. Dichas bienhechurías constituidas por una casa de paredes de bahareque, techo de zinc, piso de cemento, una puerta y ventana de hierro, una habitación, cercada con alambre de púas sobre estantillos de madera. El valor invertido es la cantidad CINCO MILLONES DE BOLÍVARES [Bs. F. 5.000,00], y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos MILEXA IDROGO y ESTHERLING ALVARADO, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor de la ciudadana RITA QUITERIA EIGUEOA ALVAREZ , ya identificada en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
LA SECRETARIA ACC.
ELIANA HERNANDEZ SILVA
MJP/Carlos
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