REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2008-003073
Vista la solicitud presentada por el ciudadano WILMER RAMON VASQUEZ PEÑA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 15.776.119, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en el sector via las Veritas, Sector Ezequiel Zamora, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno Ejido, que mide (700 mts2) alinderadas de la siguiente manera NORTE: Terrenos ocupados por Humberto Vásquez SUR Calle principal del sector Ezequiel Zamora ESTE: Terrenos ocupados por José Sánchez OESTE: Terrenos ocupados por Carlos Perez. Dichas bienhechurias consiste en una vivienda tipo rancho y su cerca perimetral de alambre de púas y estantillos de madera. El valor invertido es la cantidad TRES MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 3.000.000,00), o [Bs. F. 3.000,00] y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos HENRRY OCHOA Y JOSE RAMIREZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor del ciudadano WILMER RAMON VASQUEZ PAÑA, ya identificado en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
LA SECRETARIA ACC.
ELIANA HERNANDEZ SILVA
MJP/Carlos
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