REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2008-004469
Vista la solicitud presentada por el ciudadano ALBERTO ANTEQUERA ESCALONA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 2.592.323, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Calle 10 entre 8 y 9 N° 8-62, Barrio San Francisco, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno Ejido, que tiene una superficie de DOCE METROS (12M) de fondo por CUARENTA METROS (40M) de fondo), alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con ejidos ocupados por Antonio Benítez SUR Con ejidos ocupados por Feliz Antonio González ESTE: Con ejidos ocupados por Pascual Pérez OESTE: Con la Calle 10, que es su frente. Dichas bienhechurias consiste en una casa de paredes de bloques, piso de cemento, techo de zinc, consta de siete habitaciones, cocina, comedor, recibo, baño, cercada totalmente de bloques. El valor invertido es la cantidad SESENTA MIL BOLÍVARES FUERTES [Bs. F. 60.000,00], y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos JOSE ESCALONA Y MARIA BALDALLO, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor del ciudadano ALBERTO ANTEQUERA ESCALONA, ya identificado en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
LA SECRETARIA ACC.
ELIANA HERNANDEZ SILVA
MJP/Carlos
|