REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, catorce de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KN01-X-2008-000011
En fecha 18 de Abril del año 2008, la ciudadana LIBIA LA ROSA DE ROMERO, en su condición de Juez Primera del Municipio Iribarren del Estado Lara, procedió a levantar acta de inhibición, motivada la misma por enemistad manifiesta con el Abogado IVOR ORTEGA FRANCO, quien aparece como apoderado del demandado, en el juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMODATO, interpuesto por el ciudadano FRANKLIN JOSE GIMENEZ CAMPO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.371.063, contra la ciudadana NELLY COROMOTO GIMENEZ DE MORENO, titular de la cédula de identidad N° 7.313.672. En fecha 09 de mayo del año 2008, éste Tribunal recibió las actuaciones dándoles entrada y acordando decidir la misma conforme a lo previsto en el artículo 89 del Código de Procedimiento Civil, y a tales efectos se observa:
UNICO: Conforme se indicó anteriormente, la ciudadana LIBIA LA ROSA DE ROMERO, en su condición de Juez Primera del Municipio Iribarren del Estado Lara, procedió a levantar acta de inhibición, motivada la misma por enemistad manifiesta con el abogado IVOR ORTEGA FRANCO, prevista dicha inhibición en el Artículo 82 ordinal 18 del Código de Procedimiento Civil venezolano vigente.
Ahora bien, con vista a los recaudos consignados y por cuanto dicha confesión lo releva de prueba y evidencia que si se encuentra incursa en la causal de inhibición prevista en la normativa legal antes descrita, es por cuya razón que este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Ministerio de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente INHIBICIÓN, por estar fundamentada en causa legal. Así se decide.
Remítase con oficio copia certificada de la presente sentencia al Juez Inhibido, a los fines legales consiguientes.
Publíquese y regístrese y bájense las presentes actuaciones al Juzgado Distribuidor del Municipio Iribarren.
Dada, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los Catorce días del mes de Mayo del dos mil Ocho (2008). Años: 197º y 149º.
EL JUEZ
EL SECRETARIO
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
Abg. Roger José Adán Cordero
- Publicada hoy, 14-05-2008 .a las 02:00 p.m.
El Secretario Acc.
OERL/mm.
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