REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-F-2008-000491
Revisadas las presentes actuaciones, referidas al juicio de RECONOCIMIENTO DE FILIACION MATERNA Y PATERNA, intentada por la ciudadana: GERALDINE JOSEFINA PINEDA, venezolana, mayor de edad, sin cédula de identidad, este Tribunal declara INADMISIBLE, el mismo, por cuanto se evidencia que existe una inadecuada conformación de la relación jurídica procesal, la cual es de estricto orden público. Así se decide.-
El Juez
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario Acc.
Abg. Roger José Adán Cordero
OERL/mm
El Suscrito Secretario Accidental del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, CERTIFICA que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que las contiene el Expediente N° KP02-F-2008-491, Certificación que se expide, en Barquisimeto a los Dieciséis días (16) días del mes de Mayo de 2008. Años 197° y 148°.
El Secretario Acc.
Abg. Roger José Adán Cordero
mm.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERO INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
TRANSITO DEL ESTADO LARA
ASUNTO N° KP02-F-2008-491
DEMANDANTE: GERALDINE JOSEFINA PINEDA
DEMANDADO: YULIMAR PASTORA QUERALES PINEDA Y OTRA
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE FILIACION
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
INADMISIBLE
16/05/2008
Abg.OSCAR EDUARDO RIVERO LOPEZ
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