En horas de Despacho del día de hoy, 27 de Mayo del año Dos Mil Ocho (2008), se traslada el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, se constituyo, siendo las once de la mañana ( 11: 00, a.m ) en la sede del Terminal de Pasajeros de Carora, ubicado al final de la avenida Francisco de Miranda de esta ciudad de Carora, Municipio Bolivariano Torres G/D Pedro Leon Torres del Estado Lara, con la presencia del ciudadano Juez abogado Rafael José Martínez y la Secretaria Suplente abogada Elianny Coromoto Mosquera Riera, a los fines de dar cumplimiento al Mandato de Ejecución enviado por el Tribunal de Proteccion del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara Sala de Juicio Nº 02, para la practica de la practica de Embargo Ejecutivo con ocasión del Juicio intentado por la ciudadana Milexa del Carmen Gonzalez García, titular de la cedula de identidad Nº 13.776.553, contra el ciudadano Mauro Domingo Figueroa Cuicas, titular de la cedula de identidad Nº 5.935639. Acompañan al tribunal los apoderados judiciales abogados Rocio Figueroa y Maricel Potenza, titulares de las cedula de identidad números V- 13.777521 y V- 14.842.928, respectivamente e inscrito en el Instituto de Privision Social del Abogado bajo los números 90.340 y 108.820, respectivamente y un funcionario de las fuerzas Armadas Policiales Sargento Mayor Luis Gerardo Meléndez, titular de la cedula de identidad Nº V-4.805.335. En este estado las apoderadas judiciales exponen:” Señalo para ser embargado un vehículo usado de propiedad del demandado con las siguientes caracteristicas: Placa AD5823, Marca Encava, Año 2002, Color Blanco, Modelo ENTG1032, Serial del Motor 303785, Clase Minibús Tipo Colectivo, Uso Transporte Publico, Serial de Carroceria 8XLGGC11D2E001591. El cual se encuentra a la vista del Tribunal y estacionado en este Terminal de Pasajero. Sin usuariosy sin estar prestando ningún servicio y advierto al Tribunal que en la actualidad su color es blanco con rayas moradas y rosadas. En este estado se hace presente el ciudadano Mauro Domingo Figueroa Cuicas, ya identificados y asistido por el Abogado Jesús Bastidas inscrito Inpre-abogado bajo el Nº 76482 y expone al tribunal: Con el proposito de dar por terminado el presente juicio en mi contra ofrezco cancelar en este acto los conceptos demandados de la siguiente manera 1) La cantidad de de tres mil bolivares fuertes ( Bs 3.000, 00 ) mediante cheque girado contra el Banco Central Banco Universal N º 1175974631 a la orden de Rocio Figueroa y para ser cancelado el 27-06-2008. 2- La cantidad de Tres Mil Bolívares ( Bs 3.000, 00) girado contra el Central Banco Universal con el Nº 4475974632 a la orden de Rocio Figueroa y para ser cancelado el 27-07-2008. Ambos cheques son de mi cuenta corriente N º 0751021985, 3) La cantidad de Dos Mil Bolívares (Bs 2000, 00) por concepto de honorarios profesionales, costas procesales incluyendo el pago de perito y depositaria judicial. En estado los apoderados actores expone: Aceptamos el convenimiento de pago ofrecido por la parte demandada y declaramos recibir en este acto, los pagos y cheques arriba identificado en consecuencia solicitamos al Tribunal Ejecutor suspenda la medida de Embargo Ejecutivo es todo. El tribunal vista la exposición de las partes acuerda suspender la medida y ordena el regreso a su sede, siendo la una y cuarenta y cinco minutos de la tarde

EL JUEZ EL DEMANDADO


EL ABOGADO ASISTENTE APODERADO JUDICIAL

FUNCIONARIO POLICIAL

LA SECRETARIA SUPLENTE