REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 08 de Mayo de dos mil Ocho (2008)
Años 197º y 149º
ASUNTO: KP02-L-2007-4415
DEMANDANTE: CARLOS ANTONIO RUIZ LINAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.035.895 y de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: MARTA DUGARTE .e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero 102.144.
DEMANDADO: CONSTRUCTORA INTAN C.A Y TRANSBARCA
Motivo: COBRO DE PERSTACIONES SOCIALES.
Sentencia: interlocutoria.
En fecha 13 de Marzo de 2007 se recibió demanda por ante la URDD CIVIL, el día 14 de marzo del 2007, es recibido por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, presentada por el ciudadano CARLOS ANTONIO RUIZ LINAREZ venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nª 13.035.895, de este domicilio, en contra de las empresas CONSTRUCTORA INTAN C.A Y TRANSBARCA procediéndose a su revisión conforme al artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo .En fecha 14 de Marzo del 2007 se ordenó la subsanación de la demanda, en relación al Numeral 5° del Artículo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, librándose la respectiva boleta de notificación. Posteriormente, en fecha 20 de marzo del 2007 abogada asistente de la parte demándate, Olga Capuzzo .e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero 90.453. Procedió a consignar escrito de subsanación .en fecha 21 de marzo del 2007 es admitido la subsanación y se ordeno emplazar mediante cartel.
Ahora bien, en fecha 14 de Abril de 2008, compareció ante este Tribunal la abogada Olga Capuzzo en su condición de apoderada judicial del ciudadano CARLOS ANTONIO RUIZ LINAREZ e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero 90.453. , en donde expone mediante diligencia: “… Notifico a este Tribunal que he decidido DESISTIR DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO EN CONTRA de la empresa TRANSBARCA conservado la acción y el procedimiento en lo que respecta a la empresa INTAN C.A.”
Este Tribunal luego de haber visto que la parte actora voluntariamente ha desistido del procedimiento intentado por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, con lo que respecta a la empresa TRANSBARCA acuerda homologar el desistimiento presentado. CONSERVANDO LA ACCION Y EL PROCEDIMIENTO EN LO QUE RESPECTA A LA EMPRESA INTAN CA. ASI SE DECLARA.
D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Desistido el procedimiento de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES intentado por CARLOS ANTONIO RUIZ LINAREZ, identificado en autos contra del la empresa TRANSBARCA acuerda homologar el desistimiento presentado. CONSERVANDO LA ACCION Y EL PROCEDIMIENTO EN LO QUE RESPECTA A LA EMPRESA INTAN C.A .
SEGUNDO: Se exonera en costas a la parte demandante.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, en Barquisimeto, a los ocho (08) días del mes de Mayo de los 2008 Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación.
ABG. JOSE TOMAS ALVAREZ MENDOZA
Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
La Secretaria
Abg. Marielena Pérez Sánchez
Nota: En esta misma fecha, se dictó y publicó la anterior decisión. Años: 197° de la Independencia y 149° de la Federación.
La Secretaria
Abg. Marielena Pérez Sánchez
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