REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS
VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

DEMANDANTE: Ciudadano Abogado Fernando Facchin Arias, Apoderado Judicial de la Sociedad de Comercio Inversiones San Jorge, S.R.L.
DEMANDADO: Ciudadana Paula Maria Alves Da Rocha
MOTIVO: Resolución de Contrato de Arrendamiento
EXPEDIENTE N°: 1292-08

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Se inicia la presente causa, mediante escrito de demanda presentado por el Ciudadano Abogado Fernando Facchin Arias, Apoderado Judicial de Inversiones San Jorge, S.R.L., en contra de la Ciudadana Paula Maria Alves Da Rocha por Resolución de Contrato de Arrendamiento. Dicha demanda fue admitida y sustanciada, acordándose la comparecencia del demandado para el Segundo (2) día de despacho siguiente después de citado, a los fines de la contestación de dicha demanda. En fecha 15 de Mayo de 2008, fue celebrado un Convenimiento entre las partes, cuyos términos y condiciones se especifican en el acta levantada al efecto. Examinado el acto de Auto composición Procesal, se observa que se ha realizado de conformidad con la Ley Procesal y por cuanto no es contraria al orden público, este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su aprobación y lo homologa, otorgándole el carácter de cosa juzgada. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia a los Veintiocho (28) días del mes de Mayo de 2008. Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
El Juez Suplente Especial
Abg. EDGARO PÁEZ ZALAZAR
La Secretaria.
Abg. YNEZ BRAZON GONZALEZ