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ACTA
 EXPEDIENTE N°: AP21-L-2008-000764
 PARTE ACTORA: MARIA DEL CARMEN GARCES VALLECILLAS
 APODERADAS JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: GREYSI MARIA CORONIL ARANGO.
 PARTE DEMANDADA: ONDES ALTA PELUQUERIA, C.A., SALON DE BELLEZA PIERNIC, S.R.L. y  ATELIER DEI CAPELLI, C.A.
 LA ABOGADA ASISTENTE  DE LA DEMANDADA ONDES ALTA PELUQUERIA, C.A.: CARMEN ELISA RODRIGUEZ ADAMS.
 MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
 
 Hoy, martes 11 de noviembre de 2008, siendo la 1:30 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, se anunció dicho acto en la sala de espera del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas; y comparecieron por ante este Juzgado, el  ciudadano PEDRO ANGEL CARFI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula  identidad N° V- 4.975.015, en su carácter de  Director Ejecutivo de la demandada, ONDES ALTA PELUQUERIA, C.A.,  debidamente asistido por la   abogada  CARMEN ELISA RODRIGUEZ ADAMS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 11.928, seguidamente se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante, ciudadana MARIA DEL CARMEN GARCES VALLECILLAS, venezolana, mayor de edad,  titular de la cédula de identidad número V-24.934.542, de este domicilio, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, así como la incomparecencia de las co-demandadas SALON DE BELLEZA PIERNIC, S.R.L.,  ATELIER DEI CAPELLI, C.A.. ; En virtud de lo cual de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Noveno Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 198° y 149°.
 LA JUEZ,
 
 ABOG. JHACNINI TORRES.
 
 EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA CO-DEMANDADA ONDES ALTA PELUQUERIA, C.A. y SU ABOGADA ASISTENTE.
 
 
 LA  SECRETARIA,
 
 ABOG. EVA COTÉS
 
 
 
 
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