REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Área Metropolitana de Caracas. Juez Unipersonal N° 10.
Caracas, once (11) de Noviembre de dos mil ocho.
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-018710

Por recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), la anterior solicitud de Homologación de Convenimiento de Obligación de Manutención y recaudos acompañados, presentados por la ciudadana CELESTE DEL NARDO, en su carácter de Defensora N° 186, adscrita a la Defensoria de Niños, Niñas y Adolescentes de la Fundación del Niño, actuando en el interés superior de la niña (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente), hija de los ciudadanos JOSE ALEXANDER URBANO DIAZ y YURAIMA LILIANA ECHENIQUE CASTRO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad N° V-14.855.300 y V-10.485.838, respectivamente, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, esta Juez Unipersonal Nº 10 del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el convenimiento de Obligación de Manutención suscrito por los padres de la niña antes mencionada, en los mismos términos y condiciones por ellos establecidos en el acta de fecha 29 de Octubre de 2008, ante la referida Defensora, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídanse por secretaria las copias certificadas del convenimiento y de la presente decisión y entréguense a los interesados ante la Oficina de Atención al Público (O.A.P.), a fin de que surta los efectos legales correspondientes, una vez se aporten los fotostatos respectivos. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,
EL SECRETARIO,

ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS.
ABG. IVAN CEDEÑO.


AP51-S-2008-018710
Luis Serrano.