REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas. Juez Unipersonal N° 10.
Caracas, tres (3) de Octubre de dos mil ocho.
198º y 149º
ASUNTO: AP51-V-2008-001019

Por recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), la comunicación que antecede, emanada de la Presidencia del Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, con relación a lo expuesto en la misma, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, esta Juez Unipersonal N° 10 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Interés Superior del adolescente (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del niño y Adolescente), ordena el EGRESO del mismo, de la Entidad de Atención Carolina Uslar II, y su INGRESO, a la entidad de Atención YAKO YAUERA, ubicada en la siguiente Dirección: Sector Caicaguana, Ruta A, Municipio El Hatillo, donde permanecerá bajo la figura de Colocación en Entidad de Atención Provisional, conforme a lo dispuesto en el artículo 126, Literal “i” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, con el objeto de que le sea brindado el tratamiento que requiere para atender la adicción a sustancias psicoactivas. A tales efectos, ofíciese a los Directores de las referidas Entidades de Atención, a los fines de comunicarles lo conducente. Cúmplase lo ordenado. Líbrese lo conducente.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,

ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS.
ABG. LENNI CARRASCO.



AP51-S-2008-001019
Luis Serrano.