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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 
 Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del  Área Metropolitana de Caracas
 Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nro. 12
 Caracas,   tres (03) de noviembre de dos mil ocho (2008)
 198º y 149º
 
 ASUNTO: AP51-S-2008-015824
 
 Vista la  solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente las copia certificada del Acta de Defunción, que cursa al folio trece (13) del presente expediente; así como las declaraciones de los testigos ciudadanos FELIZ ARTURO GARCIA ROJAS y OSCAR MANUEL NUITTER, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-5.303.493 y V-6.507.207, respectivamente. Este Tribunal de conformidad con el Art. 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS   a los ciudadanos LUIS DAVID BESSON RAMOS, EVELIN ANTONIETA BESSON RAMOS, ESVANY COROMOTO JASPE RAMOS, EMMA JACQUELINE BESSON RAMOS, JEANETTE JOSEFINA BESSON RAMOS, AQUILES ORLANDO BESSON RAMOS (DIFUNTO) y JOSE ALEXANDER RAMOS (DIFUNTO), y a la adolescente, en representación de su difunto padre: JOSE ALEXANDER BESSON RAMOS,  hijos y nieta de la De Cujus CARMEN EVELIA RAMOS DE BESSON (Viuda), quien era titular de la Cédula de Identidad No. V-2.145.520, quien falleció en fecha cuatro (04) de noviembre del año 2003; quedándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. ASÍ SE DECIDE.
 Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación por secretaria. Cúmplase lo ordenado.
 LA JUEZ,
 SARA GUARDIA SOTO
 LA SECRETARIA,
 ADRIANA MIRELES
 SGS//AM//ms.-
 Motivo: Título de Únicos Universales y Herederos.
 AP51-S-2008-015824
 
 
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