REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, ___ de ____________ de 2008.
AÑOS: 198º y 149º


Por recibida y vista la anterior solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCION, presentada por el ciudadano CARLOS LEONARDO NARANJO VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V-17.458.147, debidamente asistido por la abogada LUCIA MA. ROSCIANO PETRARCA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 65.946, mediante la cual solicita la rectificación de la partida de defunción de su padre ciudadano CARLOS RAMON NARANJO GONZALEZ, la cual se encuentra asentada bajo el Nº 520, de los Libros de Registro Civil de nacimientos llevados por la Primera Autoridad Civil del Municipio Baruta del Estado Miranda, correspondiente al 17/08/2004, alegando que dicha acta presenta varias omisiones involuntarias, tales como obviar el nombre de sus hijos de nombres CARLOS LEONARDO NARANJO VELASQUEZ y YUMAIRA ELENA NARANJO VELASQUEZ, suprimir el estado civil del difunto el cual era DIVORCIADO, y omitir que el fallecido dejó como único bien el 50% de un apartamento en propiedad horizontal distinguido con el Nº 31-24, ubicado en la planta piso 1 del Edificio 31, el cual esta construido en el Conjunto La Meseta, ubicado en la parcela C-2 de la Urbanización Ciudad Residencial La Rosa, Municipio Guatire, Distrito Zamora del Estado Miranda; y, los recaudos acompañados a la misma, el Tribunal, LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, se ordena el emplazamiento mediante cartel de todas aquellas personas que puedan ver afectados sus derechos, para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de la publicación y consignación a cualquiera de las horas destinadas a despacho comprendidas entre las 8:30 a.m. y las 3:30 p.m., a fin de que expongan lo que crean conducente con relación al presente juicio; el referido cartel deberá ser publicado en el diario “ULTIMAS NOTICIAS”. Así mismo se ordena la notificación del Fiscal del Ministerio Público, a los fines de que conozca sobre el presente juicio, acompañándosele copia certificada de la solicitud y del presente auto.- Líbrense boleta y cartel, previa consignación de los fotostatos requeridos los cuales deberán ser presentados mediante diligencia.-
La Juez,
Maria Rosa Martínez Catalán La Secretaria,
Norka Cobis Ramírez
En esta misma fecha se libro boleta y cartel.-
La Secretaria,
Exp. N° 45608