REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, diecinueve (19) de noviembre de 2.008.-
Años: 197º Y 148º
De la revisión realizada al presente expediente este Tribunal observa:
Que el mismo fue remitido al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, bajo el oficio Nº 2008-A-0321, de fecha 29 de octubre de 2008 y Visto que en dicho oficio se cometió un error en mencionar la cantidad de folios. Este Tribunal deja sin efecto el oficio y ordena librar uno nuevo. Librase el correspondiente oficio.-
EL JUEZ,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
EL SECRETARIO,
Abg. RICHARS MATA.
VGJ/RM/kelly
Exp: 9703
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 19 de noviembre de 2008.
Años 198° y 149°
OFICIO Nº
CIUDADANO:
JUEZ TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SU DESPACHO.-
Me dirijo a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, el expediente signado con el numero 9703, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por Ejecución Laudo Arbitral sigue Galerías Ávila Center S.R.L contra Juan Carlos Cacique Peluffo; constante de una (01) pieza de doscientos veinte (220) folios útiles.-
Remisión que se le hace a usted, en virtud de haberse corregido el error existente.-
EL JUEZ,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
VGJ/RM/kl
Exp: 9703