REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-S-2008-014477

Vista la solicitud que precede suscrita por la ciudadana MILEXA DEL CARMEN PÉREZ PÉREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V.-18.656.845, y de este domicilio, conforme lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de CINCO MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 5.000,00), cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos de la solicitante y procediendo de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana MILEXA DEL CARMEN PÉREZ PÉREZ, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: EL KILÓMETRO 16 DE LA VÍA A QUIBOR, SECTOR BUENOS AIRES, DE LA PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, con los siguientes linderos: NORTE: En línea de 10,00 Metros, con Terrenos ocupados por Ramiro Pérez; SUR: En línea de 10,00 Metros con Terrenos ocupados por Reyna González; ESTE: En línea de 9,75 Metros con Terrenos ocupados por José Vera, calle principal de por medio, que es su frente; y OESTE: En línea de 9,75 Metros con Terrenos ocupados por Zenaida Pérez. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
El Juez, La Secretaria.,


Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Aguero E.