REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2008-015494
Vista la solicitud que precede suscrita por los ciudadanos AURA ELENA ARTEAGA y ONEALI JUNIOR SUAREZ ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 16.277.385 y 15.305.127 respectivamente, de este domicilio, conforme lo cual manifiestan haber construido unas mejoras y bienhechurias sobre una parcela de terreno ejido, que mide aproximadamente 49,89 mts. 2, que tiene un valor aproximado de CUARENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 40.000,00) cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurias; solicitan que se les declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurias antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana AURA ELENA ARTEAGA y ONEALI JUNIOR SUAREZ ALVAREZ, antes identificados, sobre unas mejoras o bienhechurias ubicadas en: El Barrio La Playa de Santa Isabel, calle 6 con carreras 9 y 10, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Edo. Lara, con los siguientes linderos: NORTE: Colindado con los terrenos que fueron o son de Maria Lidubina Arteaga; SUR: Colindando con los terrenos que fueron o son Katerin Linarez; ESTE: Colindando con los terrenos que fueron o son Maria Lidubina Arteaga, y OESTE: Con la calle 6 del Barrio La Playa de Santa Isabel. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
EL JUEZ, LA SECRETARIA,
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. LUISA A. AGÜERO E
|