REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-F-2008-000665
VISTOS.-------------------------------------------------------------------------------
En fecha 16/06/2008 la ciudadana MARIA FELINA RONDON DE UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.497.658, asistida por la abogada CARLA OROPEZA PEREZ, Inpreabogado No. 11.784.451, solicitó el Divorcio basado en el artículo 185-A del Código Civil Vigente; contra el ciudadano RAUL ANTONIO UZCATEGUI RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 2.215.701, de este domicilio, alegando la ruptura de la vida en común por más de cinco (5) años. En dicha unión procrearon (08) hijos de nombres HUMBERTO JOSE UZCATEGUI RONDON, DOUGLAS JOSE UZCATEGUI RONDON, MAYILA COROMOTO UZCATEGUI RONDON, KENDY SAMIRA UZCATEGUI RONDON, ROSA ESLOIDA UZCATEGUI RONDON, OLGA MARINA UZCATEGUI RONDON, DAVID ANTONIO UZCATEGUI RONDON y RAUL ANTONIO UZCATEGUI RONDON, todos mayores de edad. Acompañó certificación del acta de matrimonio y copia certificada de las partidas de nacimiento de los hijos. Admitida la solicitud se ordenó la citación del cónyuge demandado y la notificación a la Fiscal del Ministerio Público en Materia de Familia. En fecha 07/10/2008 comparece el cónyuge demandado y manifiesta su conformidad con lo expuesto por su esposa en la solicitud de divorcio. En fecha 25/09/2008 la Abg. REINA ZOLAIME COLMENARES AGUILAR, Fiscal Décimo Séptimo del Ministerio Público para actuar en materia de familia, presentó escrito donde señala que nada tiene que objetar a la solicitud.-----------
Para decidir este Tribunal observa:---------------------------------------------
UNICO: Quien juzga encuentra que se han llenado todos los extremos exigidos por el artículo l85-A del Código Civil, y en vista de que los cónyuges están contestes en afirmar que han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, y no fué objetada la solicitud por parte de la Fiscal del Ministerio Público, tal como consta en escrito de opinión que cursa al folio 18 del expediente; este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio y por consiguiente DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos MARIA FELINA RONDON y RAUL ANTONIO UZCATEGUI RIVAS, por ante el Jefe Civil del Municipio Libertador del Estado Mérida, en fecha: 20 de Mayo de 1960, bajo el No. 34, folio 41 y 42, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese despacho. Liquídese la comunidad de gananciales. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-----
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. Queda firme en esta misma fecha.--------
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los cinco días del mes de Noviembre de Dos Mil ocho. AÑOS: 198 y 149.
El Juez,


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario

Abg. Roger Adán Cordero

Seguidamente se publicó y se dejó copia.

El Sec.

Gdv.



El suscrito Secretario Accidental del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara. CERTIFICA: Que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original que la contiene el Expediente N° KP02-S-2007-391 y se expide en Barquisimeto a los cinco días del mes de Noviembre del Dos Mil Ocho. Años: 198° y 149°.-

El Secretario

Abg. Roger Adán Cordero



Gdv.
























REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL


JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.


SOLICITANTES: MARIA FELINA RONDON y RAUL ANTONIO UZCATEGUI RIVAS


EXP. N° KP02-S-2007-391


SENTENCIA DEFINITIVA


DIVORCIO 185-A


CON LUGAR


FECHA: 05 DE NOVIEMBRE DEL 2008




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-F-2008-000665

Oficio Nº: 2242.-

Ciudadano:
Jefe Civil del Municipio Libertador del Estado Mérida
Su Despacho

Adjunto al presente oficio remito a usted copia certificada de la sentencia dictada por este Tribunal en el juicio de Divorcio, intentado por los ciudadanos MARIA FELINA RONDON y RAUL ANTONIO UZCATEGUI RIVAS; a los fines de que se sirva estampar la nota marginal correspondiente.

DIOS Y FEDERACIÓN

EL JUEZ


Abg. Oscar Eduardo Rivero López


Gdv.










REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-F-2008-000665

Oficio Nº: 2243.-

Ciudadano:
Registrador Principal del Estado Mérida
Su Despacho

Adjunto al presente oficio remito a usted copia certificada de la sentencia dictada por este Tribunal en el juicio de Divorcio, intentado por los ciudadanos MARIA FELINA RONDON y RAUL ANTONIO UZCATEGUI RIVAS; a los fines de que se sirva estampar la nota marginal correspondiente.

DIOS Y FEDERACIÓN

EL JUEZ


Abg. Oscar Eduardo Rivero López


Gdv.