REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
ACTA
ASUNTO: KP02-L-2007-001873
PARTE ACTORA: ADELMO JOSE CASTILLO VARGAS.
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: MARIA FERNANDA CHAVIEL LÓPEZ IPSA N° 102.161, Procuradora Especial de Trabajadores en el Estado Lara.
PARTE DEMANDADA: INDUSERVI, C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: JOSEFA REAL HERNÁNDEZ IPSA N° 26.226.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy 18 de noviembre de 2008 siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, anunciada como fue la misma por el Alguacil JAVIER ANTONIO TORREALBA, el Tribunal deja constancia que ni la parte demandante ADELMO JOSE CASTILLO VARGAS ni la parte demandada INDUSERVI, C.A., hicieron acto de presencia; en tal virtud de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años: 149 ° y 198 °.
La Jueza,

Abg. Ana Sonia Sánchez Aguirre


La Secretaria

Abg. Jennys Lucia Nieto Sánchez