REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL
Valencia, 07 de noviembre de 2008
198° y 149º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 1557
El ciudadano Miguel Antonio Chávez, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-7.021.659, actuando en su carácter de presidente de SERVICIOS Y MANTENIMIENTO DE URBANIZACIONES MIARCA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo el 21 de mayo de 2004, bajo el Nº 18, Tomo 35-A, y en el Registro de Información Fiscal bajo el Nº J-31170509-9, domiciliado en la calle Los Magos, Nº 115, Barrio Guaica, Guigue, Municipio Carlos Arvelo Estado Carabobo, debidamente asistido por el ciudadano Carlos Quintero, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 74.187, interpuso recurso contencioso tributario subsidiariamente al recurso jerárquico ante la administración tributaria, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº GRTI-RCE-DJT-ARA-2005-103 del 16 de diciembre de 2005, emanada de la Gerencia Regional del Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
El 06 de noviembre de 2006, se le dio entrada en el archivo de este tribunal bajo el N° 0993.
Para resolver, este tribunal observa:
PRIMERO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, toda instancia se extingue por el transcurso de un año, sin haber ejecutado en ella ningún acto de procedimiento por las partes.
SEGUNDO: Que de acuerdo a lo previsto en el Artículo 269 ejusdem, la perención se verifica de pleno derecho, no es renunciable por las partes y puede ser declarada de oficio por el tribunal.
TERCERO: Que en la causa que nos ocupa, el último acto de procedimiento se efectuó el 10 de julio de 2007.
CUARTO: Que por lo antes expresado, en la presente causa ocurrió la perención de la instancia y así se declara por este tribunal.
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda intentada por el ciudadano Miguel Antonio Chávez, actuando en su carácter de presidente de SERVICIOS Y MANTENIMIENTO DE URBANIZACIONES MIARCA, C.A, plenamente identificado. Notifíquese de la presente decisión al Procurador General de la República con copia certificada. Asimismo notifíquese a los ciudadanos Fiscal, Contralor General de la República y Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), líbrese boleta al representante legal y/o apoderado judicial de la contribuyente. Publíquese y déjese copia certificada. Dado, firmado y sellado, en la sala de Despacho de este Juzgado Superior Contencioso Tributario de la Región Central, en la ciudad de Valencia, a los siete (07) días del mes de noviembre de dos mil ocho (2008). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
El Juez Titular,
Abg. José Alberto Yanes García
La Secretaria Titular,
Abg. Mitzy Sánchez
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia. Se cumplió lo ordenado. Se libró boleta y oficios.
La Secretaria Titular,
Abg. Mitzy Sánchez
Exp. N° 0993
JAYG/ms/mg
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