REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL

Valencia, 07 de noviembre de 2008
198° y 149º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 1552

El ciudadano Carlos Manuel Dos Santos Tome, titular de la cédula de identidad N° E-81.734.623, en su carácter de presidente de PANADERIA, PASTELERIA Y CHARCUTERIA LA FLOR DE YAGUA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 16 de junio de 1995, bajo el Nº 36, Tomo 49-A, y en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) bajo el Nº J-30276636-2, domiciliada en la Av. Rafael Pocaterra N° 16, Yagua, Guacara, Estado Carabobo, debidamente asistido por la abogada Hidelys Montaner Hernández, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nº 26.567, interpuso recurso contencioso tributario subsidiariamente al recurso jerárquico el 12 de mayo de 1999, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº GGJS/GR/DRAAT/2005-1563 del 03 de agosto de 2005, emanada de la Gerencia Regional del Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
El 24 de noviembre de 2006, se le dio entrada en el archivo de este tribunal bajo el N° 1042, se acordó las notificaciones de ley.
Para resolver, este tribunal observa:
PRIMERO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, toda instancia se extingue por el transcurso de un año, sin haber ejecutado en ella ningún acto de procedimiento por las partes.
SEGUNDO: Que de acuerdo a lo previsto en el Artículo 269 ejusdem, la perención se verifica de pleno derecho, no es renunciable por las partes y puede ser declarada de oficio por el tribunal.
TERCERO: Que en la causa que nos ocupa, el último acto de procedimiento se efectuó el 16 de octubre de 2007.
CUARTO: Que por lo antes expresado, en la presente causa ocurrió la perención de la instancia y así se declara por este tribunal.
Vista la solicitud de declaratoria de perención de la instancia por parte del representante judicial de la República y en virtud de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda intentada por el ciudadano Carlos Manuel Dos Santos Tome, en su carácter de presidente de PANADERIA, PASTELERIA Y CHARCUTERIA LA FLOR DE YAGUA, C.A., plenamente identificado. Notifíquese de la presente decisión al Procurador General de la República con copia certificada. Asimismo notifíquese a los ciudadanos Fiscal, Contralor General de la República y Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), líbrese boleta al representante legal y/o apoderado judicial de la contribuyente. Publíquese y déjese copia certificada. Dado, firmado y sellado, en la sala de Despacho de este Juzgado Superior Contencioso Tributario de la Región Central, en la ciudad de Valencia, a los siete (07) días del mes de noviembre de dos mil ocho (2008). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.

El Juez Titular,


Abg. José Alberto Yanes García La Secretaria Titular,


Abg. Mitzy Sánchez


En la misma fecha se publicó la anterior sentencia. Se cumplió lo ordenado. Se libró boleta y oficios.

La Secretaria Titular,


Abg. Mitzy Sánchez


Exp. N° 1042
JAYG/ms/gl