REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL

Valencia, 07 de noviembre de 2008
198° y 149º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 1554

Los ciudadanos Antonio del Jesús Suárez y Ricardo Leal Páez, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-1.634.857 y V-1.585.563, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 49.533 y 56.574, actuando en su carácter de apoderados judiciales de EL PUNTO DEL PIRATA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo el 04 de junio de 1999, bajo el Nº 57, Tomo 27-A, domiciliada en la Urbanización Las Chimeneas, CC Las Chimeneas, locales 418 y 419, Parroquia San José, Valencia Estado Carabobo, interpusieron recurso contencioso tributario ante este tribunal, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº DA/0503/06 del 19 de septiembre de 2006, emanada de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO.
El 06 de diciembre de 2006, se le dio entrada en el archivo de este tribunal bajo el N° 1058
Para resolver, este tribunal observa:
PRIMERO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, toda instancia se extingue por el transcurso de un año, sin haber ejecutado en ella ningún acto de procedimiento por las partes.
SEGUNDO: Que de acuerdo a lo previsto en el Artículo 269 ejusdem, la perención se verifica de pleno derecho, no es renunciable por las partes y puede ser declarada de oficio por el tribunal.
TERCERO: Que en la causa que nos ocupa, el último acto de procedimiento se efectuó el 05 de octubre de 2007.
CUARTO: Que por lo antes expresado, en la presente causa ocurrió la perención de la instancia y así se declara por este tribunal.
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda intentada por los ciudadanos Antonio del Jesús Suárez y Ricardo Leal Páez, venezolanos, actuando en su carácter de apoderados judiciales de EL PUNTO DEL PIRATA, C.A., plenamente identificados. Notifíquese de la presente decisión al Sindico Procurador de la Alcaldía del Municipio Valencia del Estado Carabobo con copia certificada. Asimismo notifíquese a los ciudadanos Fiscal, Contralor General de la República y al Alcalde del Municipio Valencia del Estado Carabobo, líbrese boleta al representante legal y/o apoderado judicial de la contribuyente. Publíquese y déjese copia certificada. Dado, firmado y sellado, en la sala de Despacho de este Juzgado Superior Contencioso Tributario de la Región Central, en la ciudad de Valencia, a los siete (07) días del mes de noviembre de dos mil ocho (2008). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.

El Juez Titular,


Abg. José Alberto Yanes García
La Secretaria Titular,


Abg. Mitzy Sánchez

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia. Se cumplió lo ordenado. Se libró boleta y oficios.

La Secretaria Titular,


Abg. Mitzy Sánchez




Exp. N° 1058
JAYG/ms/mg