En horas de despacho del día de hoy, 24-11-2008,
siendo las 9:30 a.m. se traslado y constituyo este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; a señalamiento del Abogado: GONMAR PEREZ MENDOZA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el nro. 83.721; Apoderado Judicial de SEVENTEEN COLLECIONS, C.A.; a los fines de practicar medida de Embargo Preventivo; acordada por el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios; Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la circunscripción Judicial del estado Carabobo; en el Juicio por COBRO DE BOLIVARES, sigue la parte actora, contra la ciudadana: ARELIS HERNANDEZ ALFONZO. Constituido legalmente este Tribunal en la Urbanizaron el manglar. Sector Isla Larga casa nro. 415. Borburata del Municipio Puerto Cabello, se notifica de la misión a cumplir a la ciudadana: ARELIS HERNANDEZ ALFONZO, titular de la cedula de identidad N° V-4.066.058. Quien Asistida de un abogado cancela la totalidad de la suma demandada,. Este Tribunal Ejecutor de Medidas vistas las exposiciones realizadas por las partes intervinientes se abstiene de practicar la Medida de Embargo Preventivo. Es todo, termino, se leyó, y conformes firman. Siendo las 01:00 p.m. se regresa el tribunal a su sede.