REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA
En horas de Despacho del día de hoy, 13 de Noviembre de 2008, siendo las nueve y treinta minutos (09:30 a.m.) de la mañana, comparece voluntariamente por ante este Tribunal la ciudadana: CARMEN ZORAIDA AULAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.213.246, de cincuenta (50) años de edad, domiciliada en: Barrio Libertador, Calle Estadium, Casa Nº 17, Mariara, estado Carabobo, y expone: “Comparezco ante este Tribunal, porque el padre de mis hijos: ALI MIGUEL, de siete (07) años de edad, y ZORANGEL ANGELICA TOVAR AULAR, de diez años de edad, y el papa de mis hijos se llama: CESAR ALI TOVAR, titular de la Cedula de Identidad Nº 7.219.826, una vez fuimos para la lopna y quedamos en un acuerdo que él me iba a pasar SETENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 70,00) semanales el cual esta cumpliendo, y de lo demás gastos que son el 50 % de gastos extras como útiles escolares y uniformes, gastos médicos, medicinas, ropa y calzado, los gastos de Diciembre no esta cumplido con lo acordado en la lopna, yo lo que quiero es que le retenga el 50% de todos los gastos extra que ya mencioné y en caso de que se retire o lo boten que le den a los niños lo que le corresponde de sus prestaciones sociales, y quiero agregar también que el padre de los niños se pone agresivo con los niños y con migo, que no se metan con nosotros. El Trabaja en la empresa CORPORACION, VICS. Ubicado en: Barrio La Coromoto, Calle Brasil, Maracay Estado Aragua, y el esta viviendo en la: Calle Carnevalli, Casa Nº 27, Barrio Guamacho Sur, Mariara Estado Carabobo, es por lo que solicito a este Tribunal, lo citen para que cumpla con las obligaciones y me ayude con respecto al 50%, de gastos extras como ropa, útiles escolares y uniformes, y gastos médicos, consigno en este acto, copia simple de mi cedula de identidad, expediente formado por la Defensoria del Niño de este Municipio, y copias simple de las partidas de nacimiento de mis hijos. En consecuencia, vista y oída la manifestación hecha por la ciudadana CARMEN ZORAIDA AULAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.213.246, se ADMITE cuanto ha lugar en Derecho, la presente Solicitud de OBLIGACION DE MANUTENCIÓN. Désele entrada, fórmese Expediente, asígnesele número y anótese en el Libro respectivo. Por consiguiente, este Tribunal acuerda CITAR al ciudadano CESAR ALI TOVAR, titular de la Cedula de Identidad Nº 7.219.826, en la siguiente dirección: Calle Carnevalli, Casa Nº 27, Barrio Guamacho Sur, Mariara Estado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA), para que comparezca por ante este Juzgado al TERCER (3er) día de Despacho siguiente a aquel en que conste en autos su Citación a los fines de dar CONTESTACION a la presente Demanda, en las horas fijadas en la Tablilla de este Tribunal para Despachar, es decir de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., ubicado en: Sector El Carmen, Calle Ayacucho, Nº 8, frente a la plaza Bolívar, Mariara, estado Carabobo, indicándole a las partes que el día de la comparecencia del Demandado, el Juez instará a las mismas a la CONCILIACION a las 11:00 de la mañana, de conformidad con lo previsto en el Artículo 516 Ejusdem, en concordancia con el Artículo 257 del Código de Procedimiento Civil, de no llegar las partes a algún acuerdo, se continuará con el Procedimiento Especial contemplado en el Título IV, Capitulo VI, Artículo 511 de la Mencionada Ley. Notifíquese a la ciudadana FISCAL SUPERIOR del Ministerio Público del estado Carabobo, y a los ciudadanos CONSEJEROS DE PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA MARIARA ESTADO CARABOBO, agregándoles un ejemplar de la presente Acta, a los fines de que tengan conocimiento del presente Juicio. Haciéndoseles saber, que el lapso para la celebración del ACTO CONCILIATORIO Y CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA, comenzará a computarse a partir del momento que conste en autos la manifestación del Alguacil de este Tribunal, de haber consignado, bien en las Oficinas del Ministerio Público, o bien en la Oficina del Instituto Postal Telegráfico (IPOSTEL), los Oficios de Notificación y de haberse realizado efectivamente la Citación del demandado. El Tribunal deja constancia que recibe de manos de la Compareciente, copia simple de su cedula de identidad, expediente formado por la Defensoria del Niño de este Municipio, y copia simple de partida de nacimiento de los niños. Líbrese Boleta de Citación y Oficios. Abrase el correspondiente Cuaderno de Medidas.
El Juez Titular,
Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
La Compareciente
CARMEN ZORAIDA AULAR
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.
En igual fecha se cumplió con lo ordenado. Se le dio entrada bajo el Nº 750-08. Se libró Boleta de Citación, y se libraron Oficios Nº. 22-107-44-1250-08, al Fiscal Superior del Ministerio Público, Nº 22-107-44-1251-08 a los Consejeros De Protección De Niños Niñas Y Adolescentes Del Municipio Diego Ibarra Mariara estado, agregándoles un ejemplar de la presente Acta y se entregaron recaudos al Alguacil de este Despacho en su oportunidad.
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA
Alguacil
EXP. Nº 750-08
ALA/JTTP/Ariela