En horas de Despacho del día de hoy 04 de Noviembre de 2008, siendo las once de la (11:00 am.) de la mañana día y hora fijada por este Tribunal para que tenga lugar el ACTO CONCILIATORIO, compareciendo los ciudadanos: GREY MARY POLANCO ARQUEZ, venezolana, mayor de edad, Titular de cédula de Identidad Nº 16.809.863; parte Actora y YORBERTO DANIEL BERNAL ENRIQUEZ, titular de la Cédula de identidad Nº. 15.976.571, padres de los niños YORBERLIS ALEJANDRA Y JOSUE ALEJANDRO BERNAL. Expone la madre: yo lo que quiero es que el padre de los niños cumpla con lo establecido en el acto conciliatorio de fecha 11 de Octubre de 2008, donde se estableció que él cumpliría con el 50 % de los gastos de los uniformes escolares, ya yo compre la mitad de los uniformes escolares y consigne las facturas ante este Tribunal, pero aun hace falta el resto de los uniformes señalados en el presupuesto que consta en el folio 136 del presente expediente. Igualmente solicito se aumente la obligación de manutención acordada en dicho acto conciliatorio, ya que doscientos mil bolívares no me alcanzan para nada, y por ultimo solicito que el ciudadano Yorberto, cubra el 100% de los gastos de los útiles escolares, el cual también se comprometió a cubrir en el acto conciliatorio de fecha 11 de Octubre de 2008. Seguidamente expone el padre: yo en estos momentos estoy bastante limitado de dinero porque estoy en los tramites para operarme de la columna y la empresa no me va a reconocer todo el gasto de la operación, es por eso que se me hace complicado en este momento aumentarle la pensión a los niños, pero estoy de acuerdo en darle a cada niño la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) para la época de Diciembre de cada año, mas la pensión de ese mes que suma la totalidad de MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1400,00) y que la pensión de Manutención de cada mes se quede igual como ya estaba acordada en DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,00), en lo que respecta a la obligación de Manutención esta se incrementarà en el mismo porcentaje que se incremente el Salario Mínimo Nacional Urbano, que establezca el Ejecutivo Nacional. Igualmente me comprometo a llevarme la lista de útiles escolares consignada por la madre de los niños, a los fines de consignarla en la empresa para que me reconozcan el correspondiente beneficio de útiles escolares. En lo que respecta al resto de los uniformes escolares me comprometo a comprarlos y consignar facturas por ante este Tribunal, antes de que finalice el mes de noviembre del presente año. Seguidamente expone la madre: estoy de acuerdo con el ofrecimiento del padre de los niños haciéndole saber que lo que resta por comprar de uniformes escolares es: dos pantalones azules, dos camisas blancas, dos franelillas, una franela blanca con el emblema de la escuela Alejandro Humboltd, un mono deportivo azul, medias blancas, una correa negra, un par de Zapatos deportivos negros y un par de Zapatos escolares negros, tal como se puede evidencia en el presupuesto que anteriormente mencione y según consta en las facturas consignadas que evidencian los gastos que ya realicé. Este Tribunal le imparte su HOMOLOGACION de acuerdo a lo establecido en los Artículos 315 de la LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, en concordancia con el Artículo 262 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL Es todo. Terminó, se leyó y conforme firman.

EL JUEZ TITULAR

Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
LOS COMPARECIENTES


EL SECRETARIO TITULAR

Abg. JUAN PABLO PERES TARAZONA


En la misma se cumplió con lo ordenado y se libro Nº 22-107-44- 1215-08, a la dirección de Recursos Humanos de la EMPRESA VENCOR C.A.

EL SECRETARIO TITULAR

Abg. JUAN PABLO PERES TARAZONA



EXP. 676-07
ALA/JPPT/yuri