REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, diecisiete (17) de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º
Nº de expediente: GP02-L-2008-001666
Parte demandante: EVA MARIA CRIALESE DE LA CRUZ, titular de la cédula de identidad números 11.361.983 (No Asistió)
Apoderadas judiciales de las partes demandantes Abogados: No Asistió
Parte Demandada :
PROAGRO, C.A y PROTINAL, C.A
Apoderadas judiciales de las Partes demandadas:
Abogadas: ALCIRA PADRON DE FLORES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 22.258 y MARBELLA ARANA COHEN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 20.834
Motivo: BENEFICIOS SOCIALES
ACTA
En el día hábil de hoy diecisiete (17) de noviembre de dos mil ocho, siendo las 11:00 am oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, SE DEJA CONSTANCIA QUE LAS PARTES DEMANDADAS: PROAGRO, C.A y PROTINAL, C.A comparecieron a la prolongación de la Audiencia Preliminar, representada por su apoderada judicial MARBELLA ARANA COHEN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 20.834. Se deja expresa constancia de que la Parte Actora no compareció a la realización de la prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial. Es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 198° y 149°.
LA JUEZ,
KYBELE KARELYA CHIRINOS MONTES
La Compareciente
LA SECRETARIA
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