REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 03 de noviembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO: GP02-L-2008-001621

Vista la diligencia de fecha 29 de octubre de 2008, presentada por el Apoderado Judicial del ciudadano JULIO GILBERTO LIMONTA, cédula de identidad N° 7.045.805, abogada JURELIS DEL VALLE VELASQUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 56.968, mediante la cual DESISTE de la demanda que intentó en fecha 31 de julio de 2008 contra PROAGRO, C. A. Y PROTINAL, C. A. En consecuencia, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada.
El Juez


Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS


LA SECRETARIA


Abg. MARY ANNE MUGUESSA H.