REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE – SEDE CUMANÁ
Cumaná, 21 de Octubre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RK01-P-2002-000052
ASUNTO: RK01-P-2002-000052

Visto el Pronunciamiento de la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa del Internado Judicial de Cumaná, este Despacho pasa a realizar la actualización de cómputo de la pena efectivamente cumplida hasta la presente fecha, con la correspondiente ejecución de redención :
PRIMERO: El penado NESTOR KEITH CASTILLO MUDARRA, venezolano, nacido en fecha 03-06-80, soltero, de oficio descargador, titular de la cédula de identidad N° 14.124.096, fue condenado por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná a cumplir la pena de: CATORCE (14) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO, mas las accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de: HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR Y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES. SEGUNDO: El penado NESTOR KEITH CASTILLO MUDARRA, fue detenido preventivamente el día: 18-11-01 y hasta la presente fecha 20-10-2008 tiene cumplida físicamente una pena de SEIS (06) AÑOS Y ONCE (11) MESES Y DOS (02) DIAS, que sumados a una primera redención de fecha 24-11-06, ejecutada por este Juzgado en fecha 07-12-06, por un tiempo real de redención de DOS (02) AÑOS DOS (02) MESES CATORCE (14) DIAS Y DOCE (12) HORAS, mas una segunda redención de fecha 07-11-07, ejecutada por este Juzgado en fecha 16-11-07, por un tiempo real de redención de CINCO (05) MESES VEINTIUN (21) DIAS, da un total de pena efectivamente cumplida hasta el día de hoy 21-10-08 de NUEVE (09) AÑOS SIETE (07) MESES SIETE (07) DIAS Y DOCE (12) HORAS. Ahora bien debemos sumarle una última redención correspondiente al Pronunciamiento de la Junta de Rehabilitación Laboral y Educación del Internado Judicial de esta ciudad, de fecha 16-10-08, por un tiempo real de CINCO (05) MESES DIECIOCHO (18) DIAS Y DOCE (12) HORAS, la cual se ejecuta en este auto. Lo que daría en definitiva de pena cumplida hasta el día de hoy de DIEZ (10) AÑOS Y VEINTISEIS (26) DIAS. Le falta por cumplir CUATRO (04) AÑOS SIETE (07) MESES Y CUATRO (04) DÍAS que serán cumplidos en fecha 24-05-2013. Observa este Tribunal que el penado de autos actualmente opta por la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de Libertad Condicional, por haber superado el tiempo exigido de 2/3 de cumplimiento de la pena que le impuesta. Al respecto este Tribunal en fecha 13-08-08, acordó mediante auto dictado, cursante al folio 218, la práctica de una nueva evaluación psicosocial al penado de autos. Por todo lo antes expuesto, es por lo que este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara: Cumplido como se encuentran los requisitos exigidos en los artículos 2 y 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, REDIME LA PENA al penado NESTOR KEITH CASTILLO MUDARRA, venezolano, nacido en fecha 03-06-80, soltero, de oficio descargador, titular de la cédula de identidad N° 14.124.096, de CINCO (05) MESES DIECIOCHO (18) DIAS Y DOCE (12) HORAS Y ACTUALIZA EL TIEMPO DE PENA EFECTIVAMENTE CUMPLIDA por el penado de autos NESTOR KEITH CASTILLO MUDARRA, venezolano, nacido en fecha 03-06-80, soltero, de oficio descargador, titular de la cédula de identidad N° 14.124.096, siendo que hasta la presente fecha 15-07-08, da un total de pena efectivamente cumplida por parte del penado de autos de de DIEZ (10) AÑOS Y VEINTISEIS (26) DIAS. Le falta por cumplir CUATRO (04) AÑOS SIETE (07) MESES Y CUATRO (04) DÍAS que serán cumplidos en fecha 24-05-2013 en tal sentido ofíciese a la Dirección del Internado Judicial de Cumaná señalándole que se servirá entregar la boleta informativa al penado de autos y remítase copia certificada del presente auto. Notifíquese a las partes. Líbrese boleta informativa al penado de autos. CÚMPLASE.
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN
ABOG. NAYIP BEIRUTTI

EL SECRETARIO.
ABOG. LUIS PRIETO.