CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 13 de Octubre de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-003577
ASUNTO: RP11-P-2006-003577


NUEVO CÓMPUTO DE PENA “CON REDENCION”

Revisado como ha sido el presente asunto seguido al Penado: ALEXANDER JOSE LAREZ SANCHEZ, Titular de la Cedula de Identidad N°. 25.557.841, este Tribunal de conformidad a lo establecido con los Artículos 479 ordinal 1° y Articulo 482 ambos del Código orgánico Procesal Penal ACUERDA REALIZAR NUEVO COMPUTO DE PENA CON REDENCION.

Este Tribunal primero de Ejecución para decidir observa:
PRIMERO: El penado: ALEXANDER JOSE LAREZ SANCHEZ en fecha 22-02-2007, Se Condenó al Ciudadano: Alexander José Larez Sánchez, venezolano, de 20 años de edad, de profesión u oficio: Agricultor, titular de la Cédula de Identidad N° 25.557.841, nacido el 27-06-86, hijo de: Juan Herminio Larez y Santa Sánchez, y residenciado en el Caserío Valencia, calle principal, casa sin numero, Irapa municipio Mariño, Estado Sucre; por la comisión del delito de Homicidio Simple previsto y sancionado en el Articulo 405 del Código Penal Vigente en perjuicio de Yordani José Hernández, quien actualmente se encuentra recluido en el Internado Judicial de esta ciudad, a cumplir la pena de Nueve (09) años de presidio, más las accesorias de Ley.

SEGUNDO: El penado, ALEXANDER JOSE LAREZ SANCHEZ Titular de la Cedula de Identidad N°. 25.557.841.
Fue detenido en fecha 09-11-2006, hasta el día (19-09-2008).
Tiene un tiempo efectivo de pena Cumplida de: Un (01) Año, Diez (10) Meses y Diez (10) días de presidio.
(Más la primera Redención) de: Nueve (09) Meses y Veintisiete (27) Días.
Arrojando un total de pena cumplida con Redención de: Dos (02) Años, Ocho (08) Meses y Siete (07) Días.
Le falta por Cumplir: Seis (06) Años, Tres (03) Meses y Veintitrés (23) días, de pena impuesta.
Que Vencerán en fecha: 12-01-2015.

TERCERO: El penado: ALEXANDER JOSE LAREZ SANCHEZ puede optar a las Fórmulas Alternativas del Cumplimiento de la Pena, que a continuación se especifican:
1-. DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena impuesta, se cumplió en fecha 12-04-2008.

2.- RÉGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena impuesta, los cuales se cumplirá en fecha 12-01-2009.

3.- LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir 2/3 parte de la pena impuesta, que se cumplirá en fecha 12-01-2012..

4.- CONFINAMIENTO: El penado puede solicitar la conversión de pena en confinamiento al cumplir las 3/4 partes de la pena, se cumplirá en fecha.12-10-2012.

DISPOSITIVA.

Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EJECUTADO EL AUTO DE NUEVO COMPUTO DE PENA CON REDENCION, en el asunto seguido al penado ALEXANDER JOSE LAREZ SANCHEZ, en fecha 22-02-2007, Se Condenó al Ciudadano: Alexander José Larez Sánchez, venezolano, de 20 años de edad, de profesión u oficio: Agricultor, titular de la Cédula de Identidad N° 25.557.841, nacido el 27-06-86, hijo de: Juan Herminio Larez y Santa Sánchez, y residenciado en el Caserío Valencia, calle principal, casa sin numero, Irapa municipio Mariño, Estado Sucre; por la comisión del delito de Homicidio Simple previsto y sancionado en el Articulo 405 del Código Penal Vigente en perjuicio de Yordani José Hernández, quien actualmente se encuentra recluido en el Internado Judicial de esta ciudad, a cumplir la pena de Nueve (09) años de presidio, más las accesorias de Ley.

En Consecuencia. El penado: ALEXANDER JOSE LAREZ SANCHEZ puede optar a las Fórmulas Alternativas del Cumplimiento de la Pena, que a continuación se especifican:
1-. DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir 1/4 parte de la pena impuesta, se cumplió en fecha 12-04-2008.

2.- RÉGIMEN ABIERTO: Al cumplir 1/3 parte de la pena impuesta, los cuales se cumplirá en fecha 12-01-2009.

3.- LIBERTAD CONDICIONAL: Al cumplir 2/3 parte de la pena impuesta, que se cumplirá en fecha 12-01-2012..

4.- CONFINAMIENTO: El penado puede solicitar la conversión de pena en confinamiento al cumplir las 3/4 partes de la pena, se cumplirá en fecha.12-10-2012.

De conformidad con lo previsto en los Artículos 479 ordinal 1° y Articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se realiza actualizado el NUEVO COMPUTO DE PENA CON REDENCION, en el asunto seguido al Penado: ALEXANDER JOSE LAREZ SANCHEZ.

Se Acuerda remitir Copia Certificada del Presente auto de Nuevo Cómputo de pena con Redención:
1.- Al Fiscal del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencias del Estado Sucre.
2.- Al Director del Internado Judicial de esta Ciudad de Carúpano..
3.- Al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de esta ciudad de Carúpano.
4.- Librese boleta informativa al penado.
5.- Notifíquese a la defensa. Cúmplase.
La Juez Primero de Ejecución
Abg. Ysmenia S Fernández H
La Secretaria.
Abg. Rosa Moya.