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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal Superior Octavo  de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, 20 de octubre de 2008
 198º y 149º
 
 
 Sentencia Interlocutoria N° PJ0082008000182
 Asunto N° 2008-000302
 
 Visto los escritos de promoción de pruebas, presentados en  fecha 08-10-2008 y 09-10-2008, el primero suscrito por la Abogada Carla Loyo Miot, INPREABOGADO N° 123.288 actuando en su carácter de apoderada judicial de la Contribuyente INVERSIONES HRC, C.A., y el segundo suscrito por los Abogados María Meide Rodríguez, Héctor Rangel Urdaneta, Roberta Nuñez Díaz, Mariela Pernía, Vanesa Santos Huen y Joaquín Dongoroz, INPREABOGADO Nos. 66.632, 108.244, 108.437, 104.892, 117.024 y 117.237 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del Municipio Chacao del Estado Miranda, donde promueven el merito favorable de los autos así como pruebas documentales; este Tribunal  por  cuanto  no  las considera ilegales ni impertinentes, las admite cuanto ha lugar en  derecho salvo su apreciación en la  definitiva.
 
 
 La Jueza Superior Titular,
 
 
 Dra.  Doris Isabel Gandica  Andrade
 La Secretaria Titular
 
 
 Abg. Miriam Montes Chirguita
 
 
 
 
 
 
 JCSM.-
 
 
 
 
 
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