LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 07 de Octubre de de 2008.-
Años: 198º y 149º.-

Vista la anterior solicitud así como las deposiciones de los testigos presentados por los solicitantes y evacuadas al efecto, este Tribunal, sin perjuicio de los derechos que pudieran tener terceras personas, igual o mejor de los que aduce el solicitante, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara: TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana BLANCA ROSA CHACIN DE PETIT, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.040.064, SOBRE LAS BIENHECHURIAS plenamente identificado en autos, dejándose a salvo los derechos que pudieran tener terceros.- Devuélvanse las presentes actuaciones a la solicitante, previa anotación de tales actuaciones en el Libro Diario correspondiente.-
EL JUEZ,


Dr. ANGEL EDUARDO VARGAS ROSRIGUEZ.

LA SECRETARIA ACC,


Abog. SHIRLEY CARRIZALES
En fecha , se devolvió al solicitante, constante de Doce (12) folios útiles.-
LA SECRETARIA ACC,




AEVR/SC/Jessicca.-
Exp. Nº. S-9686.-