REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 15 de Octubre de 2.008.
198° y 149°

Promovidas y evacuadas como han sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho, declara como UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES de la ciudadana ELIA SARA GIL DE RAMÍREZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad No. V-9.083.651, a sus siete (07) hijos legítimos ciudadanos CARLOS ALBERTO RAMÍREZ GIL, MARLINEZ DEL CARMEN, MARISELA JOHANNA, RAFAEL ÁNGEL, MATILDE ELENA, JOSÉ DAVID y MARYELI ELISET RAMÍREZ GIL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.045.870, V-14.547.850, V-14.547.851, V-18.330.792, V-18.331.212, V-18.330.027 y V-18.912.380 respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase al interesado previa su certificación en autos dejando en su lugar copia certificada y anotación en el libro de salidas respectivos llevados por ante este Juzgado. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


EL SECRETARIO TITULAR,
DRA. ELIZABETH BRETO GONZÁLEZ.-

ABG. JOSÉ OMAR GONZÁLEZ.-


Exp.: S-7429
EBG/JOG/Ana*