Tribunal de Control Nº 02 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARAIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: Este Tribunal una vez escuchadas las exposiciones de las partes, y una vez revisadas las actuaciones que corren insertas en el presente asunto penal declara Con Lugar la solicitud de las mismas, Acordando en este acto la Declinatoria de competencia al Tribunal Ordinario de conformidad con lo previsto en el artículo 77 del Código orgánico Procesal penal por remisión expresa del Art. 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente. Asi mismo se ordena la expedición de copias simples a las partes por secretaria. Se procederá al Fundamentado por separado de la presente decisión. Es todo, terminó, siendo las 11:20, se leyó y conformes firman. Quedan las partes notificadas de lo decidido. Oficiese. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 02

DRA. MILAGRO LÖPEZ PEREIRA


FISCAL VIGESIMO CUARTO M.P


LA DEFENSA PÚBLICA

ADOLESCENTE




ALGUACIL


SECRETARIA SALA
ABG MARILU PATIÑO DE LA MAR