ASUNTO : KP02-V-2008-002671

Visto el ACUERDO suscrito por ante la Fiscal Décima Cuarta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, entre los ciudadanos EDGARDO JOSE SUAREZ OVIEDO y YELITZA YAKERMIS PEÑA OSECHAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nos. 18.332.301 y 23.487.136 respectivamente, de este domicilio, relacionado con el Régimen de Visitas en beneficio del niño (se omite la identidad del beneficiario de conformidad con el articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y Adolescente) , este Tribunal luego de revisarlo le da entrada y lo admite cuanto a lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres, o alguna disposición expresa de Ley, en consecuencia dispone homologarlo en los siguientes términos:

PRIMERO: El padre compartirá con el niño el 1er y 2do fin de semana al mes, en el horario comprendido desde el sábado a las 8:00 a.m hasta el domingo a las 6:00 pm que debe regresarlo al hogar materno.
SEGUNDO: El niño será retirado del hogar materno por la abuela paterna, ciudadana EGLEE OVIEDO DE SUAREZ.
TERCERO: El niño compartirá con el padre el día del Padre.
CUARTO: El día del niño será compartido medio día con el padre y medio día con la madre.
QUINTO: Los días de asueto; 24 y 31 de diciembre será de manera alternada para cada padre, e igualmente en carnaval y semana santa.

En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos EDGARDO JOSE SUAREZ OVIEDO y YELITZA YAKERMIS PEÑA OSECHAS en los términos ya expresados. Téngase el presente auto como una Sentencia Firme. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 2del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto, a los nueve (09) días del mes de Octubre os mil Ocho (2.008). Años: 198° y 149°.


La Juez, Nº 2



Abg. Lisbeth G. Leal Aguero
La Secretaria,